En la República Dominicana se está barajando la posibilidad, por iniciativa de los empresarios, y con el apoyo del doctor Luis De Camps García-Mella, Ministro de Trabajo, de reducir la jornada de trabajo asalariado. Esta es una muy buena iniciativa. Pero requiere ponderación, estudios y planificación.
Conforme al principio constitucional de favorabilidad, consagrado en el numeral 4 del artículo 74 de la Constitución, así como el numeral 5 del artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales y consagrado también en el Principio VIII del Código de Trabajo, todo lo que favorezca a las personas, en este caso a los trabajadores, debe acogerse, porque está legalmente permitido.
Ese es el principio que en el latinazgo que tanto disfrutan muchos juristas se llama pro homine, o sea, en favor del hombre, genéricamente hablando. Por lo que la mujer, trabajadora o no, también está incluida en él. No hay discriminación, aunque hoy se sospeche en él, por las feministas vigilantes, un sesgo de lenguaje machista.
Para Aristóteles, el gran sabio griego, la invención de las máquinas, puestas al servicio de la producción de bienes y servicios, favorecería que las personas pudieran disfrutar de más tiempo libre. El estagirita veía después de la curva. Hoy la Inteligencia Artificial (IA), bien manejada, permite eso.
Por tanto, la reducción de la jornada de trabajo, en principio, es buena. Lo que hay que determinar son las condiciones que se plantean, y si en verdad favorecen a los trabajadores. No todo lo que brilla es oro, dice el refranero popular. Los empresarios sostienen la posibilidad de llevar de 44 a 36 horas la jornada laboral semanal. Lo que implica la reducción de 8 horas, o sea, un día de trabajo normal.
Eso suena y se ve fantástico. Así los trabajadores tendrán más tiempo para dedicárselo a su familia, a la recreación y a su formación personal. Eso fortalece la dignidad humana y demás derechos fundamentales. Ahora bien, porque siempre hay un pero, y debemos aprender a desconfiar, como nos enseñó el profesor Juan Bosch, ¿y el salario será pagado igual, en su totalidad a cada asalariado beneficiado con la reducción de su jornada de trabajo?.
Con el monto del salario ordinario mínimo no hay dudas ni problemas. Tiene que mantenerse, porque está establecido por ley. Es una conquista de los trabajadores que no admite regresión o reducción. ¿Y los salarios superiores al mínimo legal permitido, según la escala establecida, serán afectados en la proporción de la nueva jornada de trabajo?.
Somos de opinión de que no debe ser. Sería condenar a los trabajadores a un nivel mayor de pobreza, miseria y hambre. Sabemos que los empleadores maniobrarán en este aspecto.