POR: Danilo Cruz Pichardo
d_cruzpi@hotmail.com
La Constitución de la República es nuestra carta magna, ley sustantiva o ley de leyes. El Poder Legislativo no puede elaborar y aprobar ninguna ley que riña con la Constitución, porque sencillamente es ilegal y amerita la enmienda correspondiente. Nunca como hoy se había observado tantas operaciones monetarias, sentencias de tribunales y leyes adjetivas que contrarían artículos de la Constitución de la República, dándoles un carácter de ilegalidad y exponiendo a los autores a ser sometido a la justicia para que respondan a las violaciones.
Muchas empresas de vehículos de motor, bienes raíces y otros renglones, realizan sus operaciones comerciales en dólares norteamericanos, pese a que el Art. 229, de la Constitución, establece lo siguiente: “La unidad monetaria nacional es el Peso Dominicano.”
En diferentes artículos he sostenido que la sentencia del Tribunal Constitucional es ilegal, porque sencillamente viola nuestra Constitución en su Art. 110, respecto a la irretroactividad de la ley. Lo dice muy claro: “La ley solo dispone y se aplica para lo porvenir”. No pueden ser afectadas personas nacidas en nuestro territorio al amparo de la constitución anterior.
El presente gobierno y el PLD viven de violación en violación a nuestras leyes. Ahora le toca el turno a la revista de vehículos de motor, donde de forma flagrante se está violando la Constitución en su Art. 39, que establece la igualdad de los dominicanos y condena el privilegio por condición social y política, entre otras razones.
La Ley de Tránsito es un adefesio jurídico, al exonerar a los chóferes públicos del uso del cinturón. Y ahora también se pretende liberarlos de la revista. Todos sabemos que nuestras autoridades les tienen miedo a los chóferes del transporte público, pero ese es su problema y el que auspicia violaciones a la Constitución tendrá que atenerse a las consecuencias.

