Actualidad Judicial

SCJ revoca fallo que favorecía a Rafael Guerrero y devuelve el caso a la Corte de Apelación

SCJ revoca fallo que favorecía a Rafael Guerrero y devuelve el caso a la Corte de Apelación

La Suprema Corte de Justicia anuló la absolución a favor de Rafael Guerrero y ordenó una nueva revisión del caso por difamación e injuria.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia dejó sin efecto la sentencia que absolvió al comunicador Rafael Antonio Guerrero Méndez y ordenó que otra sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional reevalúe el recurso, tras determinar que los jueces de alzada emitieron un fallo “arbitrario” y carente de motivación suficiente, vulnerando el debido proceso.

La decisión está contenida en la sentencia SCJ-SS-25-1144, dictada el 30 de septiembre de 2025, a propósito del recurso de casación interpuesto por el general retirado Rafael Guillermo Guzmán Fermín, quien acudió ante la Suprema luego de que la Tercera Sala de la Corte de Apelación revocara la condena de primera instancia contra Guerrero y lo absolviera de los delitos de difamación e injuria pública.

La SCJ explica que la Corte de Apelación anuló la sentencia condenatoria sin ofrecer razones suficientes que justificaran por qué descartó los fundamentos establecidos por la jueza de primer grado, quien condenó a Guerrero por imputar públicamente al querellante los calificativos de “delincuente”, “ladrón”, “narcotraficante”, “criminal”, “asqueroso” y otras expresiones deshonrosas difundidas en un video publicado en el canal de YouTube “Corrupción al Desnudo”.

Puede leer: Abaten presunto delincuente «Bob Esponja» en enfrentamiento con la Policía en Moca

El alto tribunal indicó que, contrario a lo afirmado por los jueces de la alzada, la jueza de primera instancia sí explicó detalladamente por qué consideraba probada la vinculación del imputado con los hechos, señalando que las expresiones se realizaron en un video del 8 de octubre de 2021, acompañado de imágenes de Guzmán Fermín, lo que despejaba cualquier duda sobre la identificación del destinatario de los insultos.

La Suprema estableció que los jueces de apelación omitieron analizar esos fundamentos y se limitaron a declarar que existían “contradicciones” en la sentencia de primera instancia, sin explicar cuáles eran ni por qué anulaban su validez. Añadió que esa forma de decidir “no se basta a sí misma” y viola el artículo 24 del Código Procesal Penal sobre la debida motivación de las decisiones judiciales.

Asimismo, la Suprema señaló que la Corte de Apelación interpretó de manera extensiva e incorrecta la jurisprudencia constitucional sobre la despenalización de críticas a funcionarios públicos. Aclaró que Guzmán Fermín no era funcionario desde 2010 y que las expresiones atribuidas a Guerrero fueron emitidas en 2021, once años después de haber dejado la Jefatura de la Policía Nacional, por lo que no aplicaban las excepciones constitucionales sobre libertad de expresión para figuras públicas.

La Segunda Sala concluyó que la sentencia de la Corte de Apelación incurrió en vicios graves de motivación y valoración probatoria. En consecuencia, declaró con lugar el recurso de casación, anuló la decisión recurrida y ordenó remitir el expediente a la Presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional para que una sala distinta de la tercera examine nuevamente los méritos del recurso de apelación.

La Suprema también eximió al recurrente del pago de las costas procesales al comprobarse las faltas en el fallo apelado.

Domingo Berigüete

Periodista especializado en prensa jurídica y eléctrica