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Ley obligaría partidos a renovar dirigentes

Ley obligaría partidos a renovar dirigentes

La Junta Central Electoral

La propuesta de modificación de la Junta Central Electoral (JCE) a la Ley de Partidos Políticos obligaría a esas organizaciones a renovar periódicamente sus autoridades.

La propuesta consiste en agregar el numeral 14 al artículo 24 de la Ley 33-18 que rige a esas organizaciones.

El numeral 14 diría que “es una obligación de cada partido, agrupación y movimiento político la renovación periódica de las autoridades de los puestos de dirección internos, de conformidad con sus estatutos vigentes”.

Alega la JCE que esa propuesta “se corresponde con la materialización del principio de democracia interna, de raigambre constitucional”.

Se recuerda que, el pasado miércoles el pleno de esa institución presentó a los delegados de los partidos políticos reconocidos  su propuesta de modificación de las leyes 33-18 y 15-19, luego que ambas legislaciones fueron sometidas a un minucioso estudio por una comisión especial creada para esos fines, encabezada por Samir Chami Isa, miembro titular del alto organismo.

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En la ocasión, el presidente de la JCE Román Jáquez Liriano, indicó que las mismas serán sometidas a la consideración del Congreso Nacional en la próxima legislatura, mientras que los partidos políticos afirmaron que las estudiarán minuciosamente antes de emitir sus consideraciones.

Paridad de género

Asimismo, el alto organismo de votación propone la modificación del numeral 6 del mismo artículo 24 para establecer que los órganos de dirección de las organizaciones políticas estén compuestos por “no menos del 50 % de mujeres y 50 % de hombres”.

 En sus argumentaciones, la JCE establece que “esto guarda correspondencia con lo que se propone en el artículo 53 de la Ley 33-18 y el artículo 136 de la Ley 15-19”, en razón de que la organización interna de los partidos “debe ser con arreglo al principio democrático”.

“De ahí que la exigencia de presentación de listas de candidaturas a puestos de elección popular de conformidad con el principio de paridad de género, también es exigible a lo interno de la organización política respectiva”, agrega el alto organismo de votación.

   Propone sanciones

Conforme a las modificaciones planteadas por la JCE en la Ley Orgánica de Régimen Electoral (15-19), relativas a las infracciones electorales, establece que las mismas conlleven sanciones de hasta 10 años de prisión.

En ese sentido, plantea que la escala vigente de seis meses a dos años de prisión por la comisión de crímenes electorales, se cambie por una sanción que oscile entre 3 y 10 años de prisión.

Esa modificación está contenida en la propuesta que presentó la JCE a los partidos políticos, la cual persigue no solo reformar la ley electoral, sino también la 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Propone la inclusión del tipo penal de crímenes y delitos contra la integridad de las elecciones,

Esta propuesta está motivada en las amenazas que enfrentan los sistemas electorales, que ameritan que los países adopten medidas que garanticen la celebración de elecciones libres, íntegras y transparentes, para cuya infracción recomiendan sanciones de 3 a 10 años de prisión y multa de 100 a 200 salarios mínimos.

Pilar Moreno

Periodista de vasta experiencia en el periodismo educativo y político