El liceo Juan Pablo Duarte, desde principios de la década del /60, fue un bastión estudiantil contra los remanentes de la dictadura de Trujillo, y posteriormente, estuvo en la vanguardia de la lucha de los estudiantes secundarios y de la intermedia, contra el gobierno de terror y crimen de Joaquín Balaguer, que cercenó la libertades públicas, y llenó de cementerios parte de la geografía nacional, con cadáveres de los esposos de muchas mujeres e hijos de madres sacrificadas.
En la época, el movimiento estudiantil era liderado por la poderosa Unión de Estudiantes Revolucionarios (UER), que tenía comités de dirección en todos los centros educativos públicos. En ese entonces, el liceo Juan Pablo Duarte era un hervidero de ideas libertarias, y sus dirigentes eran abnegados militantes de la izquierda revolucionaria, que cada día desafiaba a las huestes represivas de Balaguer. A quien escribe le tocó dirigir un tramo de la lucha por el imperio de ideas democráticas,
Hacemos este introito, pues hace casi un lustro pasamos por allí, justo en el momento que salían los estudiantes del centro de enseñanza, luego de concluir su horario de clases. Nos acompañaba un cliente, comerciante de la zona, y al ver a las adolescentes cruzar la calle, expresó: ¨por doscientos pesos usted se acuesta con una de ellas¨. Al parecer, por el lugar opera algún proxeneta que se encarga de tan repulsiva actividad. En el momento, sentimos las náuseas de Jean Paul Sartre.
Muchas personas ignoran que tener sexo con una menor, aún con su consentimiento, es una infracción castigada por la ley. En efecto, la normativa penal señala que todo individuo que, sin ejercer violencia, hubiere hecho grávida a una joven menor de edad será castigado de 1 a 5 años de prisión. La misma pena se aplica cuando un adulto extrajere de la casa paterna o su de su mayores, tutores o cuidadores a una menor de edad.
Cuando una menor tiene relaciones consensuales con un adulto o con otro menor, la ley entiende que se ha originado un rapto.
La sanción es menos drástica cuando el rapto es cometido por otro menor. En caso de que el seductor se case con la agraviada, este solo podrá ser perseguido por las querellas de las personas que tienen calidad para demandar la anulación del matrimonio, después que este hubiere sido pronunciada. La pena será de reclusión cuando la joven sustraída o seducida, estuviere ligada por afinidad en segundo grado o por parentesco en tercero.
También existe la creencia de que la mujer, por efecto del matrimonio, está obligada a tener relaciones sexuales con su esposo cada vez que es te lo requiera. La ley estatuye que constituye una agresión sexual cometida con violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa y engaño. La ley 2497 que modificó varios artículos del código penal prevé una sanción de 10 a 20 años a la persona que incurra a una actividad sexual no consentida en una relación de pareja.
Se registran escasos sometimientos de proxenetas, conocidos vulgarmente cómo ¨maipiolos¨ que son los que promueven la prostitución de menores y tienen centros de reclutamientos, sin que ninguna autoridad intervenga esos lugares.