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Orlando Gómez

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En nuestro país, no obstante el esfuerzo de algunos legisladores actuales y pasados, aún no tenemos una Ley de Protección de Denunciantes en la Administración Pública, la cual puede ser una herramienta sumamente útil para no sólo combatir la corrupción sino, de forma general, potenciales acciones ilegales del Estado o lesivas a los ciudadanos y a la sociedad.

La República Dominicana, el Estado y los ciudadanos en general podrían obtener altos beneficios de implementar esta figura con una visión ampliada.

Por necesidades históricas, el enfoque de los proyectos de ley de protección de denunciantes hasta ahora propuestos en nuestro país ha sido alrededor de combatir la corrupción administrativa entendida como la recepción indebida de dádivas o beneficios por parte de funcionarios públicos, y no de forma ampliada, sobre las malas acciones o inconductas en la administración del Estado.

Una ley de protección de denunciantes es de alta importancia para evitar que testigos de actos indebidos vayan a ser objeto de represalias en sus puestos de trabajo o en sus vidas privadas.

Anclado en algunas de mis propuestas anteriores que han versado sobre la anonimización de denuncias, la fiscalización y control de las acciones del Estado, entre otras, esta pudiera ser una herramienta de mucho valor para el Estado dominicano en sus estrategias de mejora continua de carácter general.

Pero esta herramienta debe venir con un enfoque ampliado. Sí, se deben proteger a los denunciantes de acciones de corrupción tradicional, pero este tipo de protección debe ser extensible a los denunciantes de otras malas conductas dentro del Estado que pueden ir desde la implementación de políticas y procedimientos ilegales o que atenten contra las normas éticas en la administración del Estado, hasta denuncias de discriminación laboral o acoso sexual.

Adicionalmente la norma debe incluir la promoción de una cultura institucional en todo el Estado que promueva la protección de denunciantes y la acción diligente en la atención de esas denuncias, que permee a todos los Poderes del Estado y que no se limite únicamente al Poder Ejecutivo, ya que la efectividad de este tipo de protecciones depende de la acción continua de los demás poderes. Los denunciantes deben poder conservar la protección y tener la capacidad de extender de forma efectiva sus denuncias a través de las distintas ramas del Estado.

Una Ley de Protección de Denunciantes es muy necesaria en la República Dominicana, y es importante verla no sólo como una herramienta para combatir actos de corrupción tradicional, sino como un pilar de la evaluación interna y de los controles internos del Estado que sujete a funcionarios e instituciones a la legalidad, las mejores prácticas administrativas y normas éticas en el ejercicio de sus funciones y ejecución de sus objetivos institucionales.