El TC se creció
Nuestro Tribunal Constitucional (TC), al dictar la sentencia TC/0315/15, del 25 de septiembre de 2015, se creció con el cumplimiento de su obligación de garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Esa es una decisión histórica.
El Ministerio de Educación (MINERD) debe hacer que se lea y se explique en las escuelas de todo el país. Su importancia para entender qué es la soberanía nacional, la defensa de las personas y sus bienes frente a la pretensión de una potencia extranjera, lo impone.
Y es sintomático que esa sentencia tenga precisamente una fecha coincidente con un aniversario más del funesto golpe de Estado al presidente Juan Bosch, en el 1963, que provocó la Guerra de Abril, y que a partir del 28 de abril del 1965, por la intervención armada de los Estados Unidos de América, se convirtió en Guerra Patria.
El TC hizo una especie de reparación jurisdiccional de aquellos aciagos acontecimientos. Por medio de la referida sentencia, el TC declaró no conforme con la Constitución el “Acuerdo sobre Estatus del Personal de los Estados Unidos en la República Dominicana”, suscrito el veinte de enero de 2015, por representantes de ambos Estados.
Las causas que llevaron al TC a considerar que el mencionado “Acuerdo” trastorna el orden constitucional dominicano son tan diversas como repulsivas.
Fue un acuerdo leonino, solo a favor de los Estados Unidos de América, como la metáfora del embudo: lo ancho para ellos y lo estrecho para nosotros. Peor aún, si esa intención se materializara, podemos asegurar que representaría la liquidación convencional del Estado Dominicano.
En caso de que aspiráramos de nuevo a la condición de nación independiente y, además, jurídica y políticamente organizada, tendríamos que refundar el Estado con otro período histórico. Y a la prueba me remito:
Los “miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y los funcionarios civiles del Departamento de Defensa de los Estados Unidos”, dice el “Acuerdo”, tendrían derecho a permanecer en nuestro territorio, con todas las armas, vehículos y equipos que consideren, de manera indefinida y sin límites para transitar, ni responsabilidades de ningún género por los daños que las tropas militares americanas pudieran causar a las personas (sus vidas) o a los bienes en nuestro país. Sería una ocupación militar acordada.
Podrían usar el espectro radioeléctrico en materia de telecomunicaciones sin costo ni restricción, con lo que nuestro Estado renunciaría al estratégico control en esa materia. Y no hay posibilidad de reciprocidad. Nuestro ejército no podría ejercer en igualdad esos derechos de ocupación en el territorio norteamericano.
El TC rechazó esas pretensiones. Dijo que “…limitan el ejercicio de la soberanía nacional y suponen una injerencia por tiempo indeterminado de cuerpos militares extranjeros en el territorio nacional…” Así se hace Patria.