Opinión

Régimen de consecuencias

Régimen de consecuencias

El tránsito vehicular y el transporte de pasajeros y carga se desenvuelven sobre una plataforma de caos y anarquía donde cada cual se cree con derecho a violar la ley, consciente de que por miedo o desidia, las autoridades no aplican un régimen de consecuencias contra los recurrentes infractores o sus mandantes.
Las calles, avenidas, puentes, elevados y túneles constituyen zonas selváticas donde cada día la gente brega por sobrevivir ante el peligro en las vías públicas de guaguas voladoras, carros del concho, motoconcho, camiones, patanas, triciclos, venduteros, limpiavidrios y pedigüeños.

Los camioneros han convertido a la avenida George Washington o Malecón en pista de carrera por donde transitan a gran velocidad sin que ninguna autoridad les haga saber que ese es un litoral turístico y recreativo por donde cruzan y pernoctan cientos de ciudadanos.

El mismo infierno se reproduce cada día en las principales autopistas y carreteras donde los patanistas no solo transitan por el carril izquierdo, sino que hunden el acelerador para que sus patanas excedan por mucho los límites de velocidad.

Las motocicletas, un tipo de transporte útil y barato, se han convertido en mortal plaga causante del 64 % de los accidentes de tránsito, además de contribuir al caos vial, porque sus conductores no respetan literalmente ninguna señal de tránsito.

Otros causantes de anarquía son los mensajeros motorizados de colmadones, restaurantes, farmacias y otros negocios, quienes transitan en vía contraria, por las aceras, como si prestaran servicios similares al de las ambulancias, además de escenificar con sus ruidosas motos espectaculares malabares.

Se sabe que el mayúsculo desorden en el tránsito y transporte no se resuelve de la noche a la mañana y que hasta el Banco Interamericano (BID) trabaja en la elaboración de un reglamento sobre circulación vial, pero se requiere con urgencia que las autoridades se decidan a sancionar a los infractores de leyes y ordenanzas.

Un estatuto de ley (63-17) prohíbe obstaculizar el libre tránsito, otro, el 41-08, considera ilegal paralizar los servicios públicos, como el transporte de pasajeros y de carga, mientras todo un Código regula la circulación vial. Lo que falta es que se aplique sin contemplaciones un régimen de consecuencias contra choferes, camioneros, motociclistas, peatones o cualquier mortal que viole la Ley de Tránsito.

El Nacional

La Voz de Todos