Santo Domingo.– El jurista Dionisio Ortiz Acosta afirmó que los procesos disciplinarios contra los abogados de María Amelia Hazoury no responden a ningún tipo de persecución, sino a reiteradas violaciones al Código de Ética del Abogado, sustentadas en más de 20 decisiones judiciales emitidas por distintos tribunales del país.
Ortiz Acosta explicó que los expedientes abiertos contra los abogados Mariel León Lebrón, Lilia Fernández León y Joel del Rosario Albuquerque, de la oficina León & Raful, se apoyan en sentencias de primera instancia y de cortes de apelación que han sancionado sus prácticas procesales temerarias, abusivas e ilegales.
El jurista sostuvo que estas actuaciones forman parte de un patrón de más de un año, en el cual los abogados habrían impulsado medidas procesales improcedentes que afectarán a empresas sin vínculo con el litigio de partición de bienes que envuelve a Hazoury ya Juan Rafael Llaneza, pese a que su proceso de divorcio no ha concluido.
Recordó que la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró a la señora Hazoury ya sus abogados como litigantes temerarios, al comprobar que promovieron oposiciones a pago sin un título válido e insistieron en ellas aun después de que una decisión previa dispuso su levantamiento.
Ortiz Acosta destacó que ese mismo tribunal reiteró la calificación de temeridad en otra ordenanza, señalando que los abogados actuaron sin títulos válidos y con pleno conocimiento de la impprocedencia de sus actuaciones, comportamiento que fue definido como “censurable” y contrario al ejercicio ético profesional.
El jurista agregó que la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación también ha emitido varias sentencias ratificando el levantamiento de las oposiciones interpuestas ante entidades financieras y clientes de las empresas afectadas, confirmando así el patrón de irregularidades procesales.
Indicó que estas decisiones coinciden con ordenanzas emitidas entre 2024 y 2025 que dispusieron el levantamiento de oposiciones promovidas a solicitud de Hazoury, y citó además varios fallos relacionados con el caso de Inmobiliaria Don Juan que apuntan en la misma dirección.
Finalmente, Ortiz Acosta señaló que las acciones disciplinarias ante el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) se fundamentan en la Ley 3-19 y en los artículos 73 al 76 del Código de Ética del Abogado, que contemplan sanciones severas por faltas graves.
«El CARD no persigue a nadie; evalúa hechos y sentencias. La evidencia es abrumadora y esperamos una sanción ejemplarizadora», concluyó.

