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Solicitan a la SCJ anular condena contra exviceministro Odalis Ledesma

Solicitan a la SCJ anular condena contra exviceministro Odalis Ledesma

Santo Domingo.-La defensa del exviceministro de la Juventud, Odalis Ledesma Hernández, presentó este martes un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), solicitando la anulación de la sentencia que lo condenó a cumplir 15 años de prisión por imputársele un delito de violación sexual, luego que el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de Primera Instancia lo descargó de toda responsabilidad penal en septiembre de 2020 debido a que, según dicen, se evidenció que el testimonio de la querellante no se corresponde con las evidencias científicas realizadas en Canadá.

En rueda de prensa realizada en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, la abogada Manuela Ramírez Orozco, en representación de la barra de defensa, explicó que en el proceso llevado a cabo en el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia del Distrito Nacional, se pudo desmontar la falsa acusación de violación sexual interpuesta por una nacional canadiense mayor de edad en contra de Ledesma, “ante la ausencia de medios probatorios que permitan establecer la certeza de esta imputación”.

Sostuvo que en el proceso se demostró que la querellante mintió al decir que fue drogada por el imputado, pues se le realizó un examen médico en su país de origen, Canadá, en un tiempo menor a las 24 horas posteriores al supuesto hecho, en el que se concluye “que no se detectó ningún tipo de sustancia alucinógena, ni alcohol, ni drogas de abuso”. Sin embargo, la Corte de Apelación en su sentencia se refiere a sustancias que el reporte toxicológico no refleja y por tanto agrega efectos contrarios a lo que certifica la evidencia.

Asimismo, dicen que se demostró que la acusación de la señora Joanna Kocsis de ser víctima de violencia física producto de una supuesta violación sexual agresiva, no se corresponde con los hallazgos científicos del informe de examen físico que le fue realizado, donde se señala tras una evaluación de su vagina, que la misma se encontraba “dentro de los límites normales”.

La jurista Ramírez Orozco recordó que la sentencia del Primer Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, que emitió el fallo de descargo, fue muy clara y precisa respecto a la contrariedad del testimonio de la querellante y la contradicción de su testimonio con las evidencias científicas, y en las páginas 152 y 153 reza lo siguiente:

“95. Así las cosas, las declaraciones de la testigo Joanna Linda Kocsis, no cuentan con el grado de credibilidad suficiente para enervar la presunción de inocencia del imputado Odalis Junior Ledesma, en razón de que sus declaraciones además de ser contradictorias, en ocasiones ilógicas, no pueden ser corroboradas por otros elementos de pruebas”.

“101. Desde nuestro punto de vista, en este caso en concreto constituye un error de valoración fijar como conclusión irrefutable e inequívoco que la víctima fue violada sexualmente por el imputado porque se marchó del país antes de lo previsto; cuando como hemos detallado no existe coherencia ni integridad en sus declaraciones, que además no son compatibles con los resultados de las experticias científicas incorporadas; que por decisión propia fueron realizados en su país de origen”.

La jurista defendió la inocencia de Ledesma y deploró que, a pesar del fallo de descargo emitido por el Primer Tribunal Colegiado de Primera Instancia, mediante una sentencia de 188 páginas conteniendo una deliberación del caso precisa, detallada y soportada en las pruebas documentales, posteriormente, la Cámara Penal de la Corte de Apelación lo sentenció a una pena de quince 15 años y al pago de cinco millones de pesos, mediante una sentencia de apenas 26 páginas, amparándose solamente en el testimonio de la querellante, que a todas luces fue establecido en la primera sentencia no se corrobora con las pruebas documentales ni se sustenta en evidencia científica.

Dicen que la Corte de Apelación esperó al imputado con un prejuicio de culpable y limitó el tiempo de la defensa llegando al extremo de decir que la declaración de la querellante es suficiente para emitir una condena. Este criterio es contrario a decisiones anteriores de la Suprema Corte de Justicia, estableciendo que la corte de segunda instancia no debe revocar un descargo sin examinar directamente las pruebas.

“Importante señalar, que la Corte de Apelación valoró el testimonio de la querellante Joanna Kocsis de que la embajada canadiense le recomendó evacuar directamente a Canadá. Por el contrario, la representante de la embajada testificó que le informó que debía presentar cargos en el país siguiendo el protocolo establecido, demostrando que su salida se trató de una decisión personal”, destacan.

Expresó que a pesar del largo y tortuoso camino que ha tenido que llevar sobre sus hombros Ledesma junto a su familia, en el año que duró el juicio en primera instancia, con más de 15 audiencias, nunca se ausentó ni su defensa presentó aplazamiento alguno, contrario a la parte querellante. Y habiendo contado con un justo descargo, la Corte de Apelación en solo 3 horas de juicio en un solo día y sin producir pruebas nuevas, revocó su sentencia absolutoria, dictando una propia y variando la medida de coerción de presentación periódica a prisión preventiva.

“Odalis Ledesma es un joven profesional con más de 15 años de experiencia en Administración Pública. Ha desempeñado cargos como Jefe de Gabinete de la Alcaldía de Higüey y Viceministro de Políticas Públicas del Ministerio de la Juventud. Es licenciado en Derecho y Magíster en Dirección Pública, con especializaciones en Cooperación Internacional para el Desarrollo, Negocios Internacionales, Emprendimiento, Coaching y Liderazgo. Ha sido ponente destacado en congresos y conferencias nacionales e internacionales”, sostuvo.

El Nacional

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