El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la solicitud de revisión que presentó el condenado Blas Peralta Peralta, contra la sentencia que pronunció la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, donde les confirmó una condena de 30 años de prisión por la muerte del ex rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Mateo Aquino Febrillet.
En las motivaciones el tribunal dice que el imputado fue juzgado y condenado por el tipo penal de homicidio agravado por las circunstancias de la premeditación y acechanza.
También tentativa de asesinato por lo que el tribunal de juicio le impuso una condena de 30 años de reclusión mayor.
En las motivaciones el Tribunal Constitucional dice rechazó la revisión que presentó el imputado a través de sus abogados porque no encontró violaciones al debido proceso seguido al imputado Peralta Peralta.
En tal sentido la sentencia dictada por la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) se hizo confirme al derecho.
La sentencia fue firmada por los jueces del tribunal excepto por José Alejandro Ayuso, Justo Pedro Castellanos Khoury y María del Carmen Santana de Cabrera, en razón de que no participaron en la deliberación y votación de la presente sentencia por causas previstas en la ley.
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Fue el 11 de marzo del 2016 cuando el ex rector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo y candidato a senador del Partido Revolucionario Moderno, por la provincia de San Cristóbal, Mateo Aquino Febrillet, fue muerto a tiros una discusión, por motivos políticos, que se inició en el restaurante El Lago, del Distrito Nacional.
En la discusión Blas Peralta se habría enfrentado con Edward Montás, en el interior del restaurante, ya que ambos son candidatos a diputados por el PRM.
Dijo que Febrillet intervino para calmar los ánimos. Luego, el ex rector de la UASD habría salido del local, junto a Montás, con la intención de acompañarlo a la Policía para que pusieran una querella