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Tommy Galán será juzgado en tribunal ordinario por caso Odebrecht

Tommy Galán será juzgado en tribunal ordinario por caso Odebrecht

El senador de San Cristóbal, Tommy Galán, expone en una audiencia.

El actual senador de San Cristóbal, Tommy Galán, perderá su curul en el Senado de la República a partir del 16 de agosto y con ello la jurisdicción privilegiada, por lo que será procesado en la justicia ordinaria y su caso por el alegado soborno de Odebrecht deberá ir a primera instancia.
Será encartado junto a los demás acusados en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que funciona en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva y completará los seis imputados, cinco de los cuales ya habían logrado que la Suprema Corte de Justicia los separara por no tener jurisdicción privilegiada.
El juicio de fondo estaba fijado para el pasado 20 de abril contra los cinco encartados pero la suspensión de las labores judiciales como consecuencia del coronavirus impidió iniciar el caso.
La jurisdicción privilegiada se la otorga la Constitución de la República a los funcionarios electos, y otros funcionarios. “La jurisdicción privilegiada encuentra su génesis en el articulo 154.1 de la Constitución, cuando entre las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia contempla conocer en única instancia de las causas penales seguidas a una serie de altos funcionarios del Estado”.
En única instancia se les conocen las causas penales al presidente y el vicepresidente de la República; senadores, diputados, jueces de la Suprema Corte de Justicia, ministros, viceministros; procurador general de la República, jueces y procuradores generales de corte de apelación o su equivalente; jueces del tribunales superiores administrativos y del Tribunal Superior Electoral; miembros del cuerpo diplomático y jefes de misiones acreditado en el exterior; Defensor del Pueblo; miembros de la Junta Central Electoral, de las Cámaras de Cuentas y de la Junta Monetaria
Galán otra vez volverá a formar parte del expediente junto a sus compañeros de infortunio Ángel Rondón, el abogado Conrado Pittaluga, los exfuncionarios Víctor Díaz Rúa, Roberto Rodríguez y Andrés Bautista.
Ya previamente el Pleno de la Suprema Corte de Justicia había declinado el expediente en primer grado del empresario Rondón, Pittaluga, Díaz Rúa, Rodríguez y Bautista, hacia el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para conocer el caso en el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Ahora los amparará el doble grado de jurisdicción y podrán recurrir cualquier fallo que no les favorezca por ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional y llegar hasta la Suprema Corte de Justicia
La jueza Esmirna Giselle Méndez deberá fijar una nueva fecha para conocer el juicio de fondo.
Deberá notificar a todas las partes del proceso, acusados y acusador, y restablecer el plazo de los cinco días para presentar cuestiones incidentales, excepciones y recusaciones de que se funden en nuevos hechos.
En enero de este año pasado el Pleno de la Suprema Corte de Justicia decidió declinar el caso de estos imputados hacia primera instancia y en el caso del senador Tommy Galán a la Segunda Sala de la alta corte, esta corte ya no tendrá competencia debido a que Galán pierde la jurisdicción privilegiada a perder la investidura de senador de la República
En su decisión, el Pleno afirmó la facultad excepcional de la Suprema Corte de Justicia para conocer, únicamente, las causas penales seguidas a los funcionarios mencionados en el artículo 154 de la Constitución, por lo que, bajo el amparo del derecho al juez natural y el derecho al doble grado de jurisdicción, ratificó la decisión de enviar a la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional a los imputados Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista, J Roberto Rodríguez y Conrado Pittaluga.