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Tras reportajes de El Nacional, presidente elimina por decreto renovación de licencia cada 2 años a mayores de 65 años

Tras reportajes de El Nacional, presidente elimina por decreto renovación de licencia cada 2 años a mayores de 65 años

El presidente de la República, Luis Abinader, emitió el decreto 330-26 que modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir, con el objetivo de actualizar los períodos de vigencia de estos documentos y adecuar las normativas de seguridad vial en la República Dominicana. La nueva disposición elimina la restricción que obligaba a los conductores mayores de 65 años a renovar el documento cada dos años.

La medida se fundamenta en la Ley Número 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual regula el sistema de circulación vehicular en el país para garantizar la protección de los usuarios en las vías públicas.

A partir de la entrada en vigor del decreto, las licencias correspondientes a las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular cumpla los 75 años de edad, momento en el cual la renovación pasará a ser cada dos años. Para las categorías 03 y 04, el período de vigencia se fijó en tres años hasta los 75 años de edad, y posteriormente deberá renovarse anualmente.

El decreto contempla que el tiempo de vigencia de la licencia podrá ser reducido si en el proceso de emisión o renovación se determina que el conductor padece una condición de salud susceptible de agravarse. Asimismo, se mantienen las evaluaciones médicas y de aptitud periódicas para verificar las condiciones físicas y mentales de los conductores.

Finalmente, el documento prohíbe la circulación con licencias vencidas y establece que los infractores serán remitidos al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT). Dicha institución recibió la instrucción de adoptar las medidas administrativas necesarias para la implementación de la reforma reglamentaria.