Editorial

¿Vacío jurídico?

¿Vacío jurídico?

A pesar de la intensa y extensa denuncia de que  se quebranta la Constitución de la República, Gobierno y órganos legislativos han puesto en  vigencia  una ley orgánica, cuyas observaciones presidenciales fueron  aprobadas con mayoría simple en violación al artículo 112 de la Carta Magna, que  consigna que  debe ser con el voto favorable de las dos terceras partes de los legisladores presentes en una sesión.

Los presidentes del Senado, Reinaldo Pared Pérez, y de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, han reiterado la  supuesta legalidad de esa aprobación y advertido que el Congreso dominado por el partido oficial no  aceptará presiones respecto a sus decisiones.

Es obvio que  con el cierre a banda  del Ejecutivo y de esa mayoría congresual en relación a la irregularidad que se advierte en la aprobación de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), se requiere del concurso de un órgano  arbitral o contencioso que se pronuncie sobre ese conflicto jurídico.

El Partido Revolucionario (PRD) ha elevado por ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) una instancia de inconstitucionalidad frente a esa ley, cuyas observaciones presidenciales aprobadas por mayoría simple, beneficiarían de manera directa a magistrados de esa Corte a punto de  ingresar en retiro obligatorio por  cumplir los 75 años de edad.

Aunque la Suprema Corte, en ausencia del Tribunal Constitucional,  es la instancia con calidad para  dictaminar si  esa ley transgrede o no  el Texto Sustantivo,  la duda razonable permearía la sentencia que pronunciaría el pleno de jueces, en razón de que  su contenido de alguna manera afecta a propios magistrados.

La demostrada probidad de los integrantes de la SCJ  garantiza que cualquiera que fuere  el contenido  de su resolución respecto a la legalidad o no  del estatuto de referencia, la sustentación jurídica estará  apegada  a la letra de la Constitución, que no es  pasible de interpretación literal.

El fardo de dudas, rechazo o crítica a una posible sentencia de la Suprema Corte estaría a cargo de los intervinientes en la litis sobre  la mayoría  congresual que se requiere para aprobar o rechazar observaciones del Ejecutivo a una ley.

En ausencia del Tribunal  Constitucional y del Tribunal Superior Electoral, y por los conflictos de intereses que aflorarían en la Suprema Corte, la República padece hoy un preocupante vacío jurídico, para lo cual se pone de ejemplo la imposibilidad de que alguna jurisdicción constitucional o contenciosa  conozca en última instancia y sin mayores trastornos  esa denuncia de violación a la Carta Magna y la crisis que abate al PRD. La democracia se debilita.

El Nacional

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