POR: Hugo A. Ysalguez
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El 26 de marzo del año 1985, cuando ejercía las funciones de juez del municipio de Azua, dicté un auto, ordenando la deportación masiva de los haitianos ilegales que residían en aquella demarcación, dado que los nacionales del vecino país tenían un alto índice de delincuencia.
Cuando era Juez de otros tribunales del Distrito Nacional, también ordenaba la deportación de cualquier extranjero que transgrediera la ley, como lo disponía la antigua Ley 95 sobre Migración y como consecuencia de esas decisiones fueron muchas personas de otras nacionalidades que fueron repatriadas.
En todas las Constituciones de la República, desde 1999, establecen el principio de que está permitido lo que la ley no prohíbe. En tal virtud, ningún texto legal me impedía suscribir un auto otorgándole mandato a las autoridades para sacar del país a los ilegales haitianos.
Una de las motivaciones para sustentar la medida de deportación de los ilegales se basó a la gran cantidad de haitianos sin documentación que vivían en la ciudad de Azua, cometiendo toda clase de crímenes y delitos que tenían alarmada a la comunidad sureña del lugar.
“El alto índice de delincuencia de los haitianos ilegales en la jurisdicción de Azua se ha convertido en una perturbación que trae consigo desasosiego e inseguridad en los habitantes de esta provincia”, rezaba uno de los considerandos del auto en cuestión.
La resolución ordenaba que se comunicara a las comandancias del Ejército y la Policía, así como a las autoridades de migración, para su fiel cumplimiento. Las autoridades militares ejecutaron la decisión, llegando a deportar a unos trescientos haitianos ilegales.
El proceso de repatriación fue detenido por órdenes del gobierno de Salvador Jorge Blanco, atendiendo a una queja del gobierno haitiano.

