Economía

Demandan flexibilizar norma pago vehículos

Demandan flexibilizar norma pago vehículos

Felix Pujols, director ejecutivo de Asosivu, junto a directivos de las tres asociaciones de importadores de vehículos usados que realizaron hoy una rueda de prensa.

Tres asociaciones de importadores de vehículos usados solicitaron al Gobierno flexibilizar la aplicación de la Norma 06-2022 sobre la Exigibilidad de la Constancia Fehaciente de Pago, que entró en vigencia el día 12 de diciembre de este año.

Los importadores dicen que aspiran a que se conceda una prórroga de 90 días, para adaptar la normativa, a fin de aplicar un Régimen de Tributación Especial para el sector y evitar la desaparición de cientos de empresas.

Advierten a las autoridades de la Administración Tributaria y a la Dirección General de Impuestos Internos que la misma afecta las ventas de las unidades de medio uso, los derechos de los consumidores, las recaudaciones fiscales y las operaciones de este importante renglón de la economía.

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió la norma general 06-2022, “que regula la forma de presentación, registro y resguardo de las constancias fehacientes de pago en los trámites relacionados a vehículos de motor y remolques”.

“La norma 06-2022 establece que la DGII se abstendrá de procesar el registro de operaciones que impliquen constitución y transmisión de los derechos indicados a continuación sobre vehículos de motor y remolque, si no se le entrega la constancia fehaciente de pago cuando el monto envuelto en la operación supere los RD$500,000.00”, de acuerdo con un documento de la DGII.

El pedido de flexibilizar la norma es realizado por la Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (Anadive), Asociación de Importadores de Vehículos Usados (Asocivu) y Asociación de Dealers del Cibao (Adeci)
César de los Santos, presidente de Anadive; Héctor Rodríguez, de Asocivu, y José Fernández, de Adeci, manifestaron que elevan la presente solicitud en virtud de que el instructivo con los procedimientos de aplicación de la referida norma debe ser elaborado y consensuado con los contribuyentes.