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Depositan otra querella contra fiscal de Cristo Rey

Depositan otra querella contra fiscal de Cristo Rey

Una dirigente comunitaria se querelló ante la Procuraduría General de la República y la Inspectoría del Ministerio Público contra el fiscal de Cristo Rey, por alegadamente cometer faltas graves en sus funciones.

La instancia fue interpuesta contra  el fiscal Gerinaldo Contreras por Lourdes Magdalena Gómez Ruiz, quien lo acusa de violar la Ley Orgánica del Ministerio Público, en sus artículos 91 y 92 de la Ley 133-11.

Gómez Ruiz, quien es administradora judicial de la Junta de Vecinos de Isabel Villas, por disposición de un tribunal, sostiene que sea apoderado el Departamento de Inspectoría, que dirige el magistrado Viterbo Cabral González.

La querella fue  depositada  a través de su abogado  Giancarlos Sena, quien aduce  que el fiscal desacató una decisión judicial, emitida por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial,  que actuando como juez de los referimientos secuestró la seguridad del residencial Isabel Villas, detuvo la auditoría forense que realizaba una firma de auditores contratada y apresó a empleados del residencial.

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Detalla  la querella que Contreras en contubernio con  funcionarios, actuando en supuesto a nombre del Ayuntamiento del Distrito Nacional, protagonizó una reunión política el pasado miércoles 10 de agosto, en la que designó una comisión a los fines de dirigir paralelamente a la administradora judicial.

Sostiene la querellante que posterior a la celebración de la “reunión” Gómez, ni su personal tiene permitida la entrada a las oficinas de Isabel Villas, ya que el fiscal Contreras, tiene secuestrada la administración, quien de manera forzosa tiene el control de la seguridad y amenaza a cualquier persona que sea enviada por la administradora judicial de ser arrestado y llevado a la Fiscalía de Cristo Rey.

Además se afirma que tiene colocada a la administradora en un estado de imposibilidad de ejercer sus funciones, sin poder asistir a las oficinas, pagar nóminas, cobro de mantenimientos y todo lo concerniente al desenvolvimiento habitual de la junta de vecinos de Isabel Villas.

La Ley Orgánica del Ministerio Público establece en su artículo 91 que las faltas graves que dan lugar a suspensión desde 30 hasta 90 días, sin disfrute de sueldo.

Domingo Berigüete

Periodista especializado en prensa jurídica y eléctrica