Opinión Articulistas

Difamación e injuria

Difamación e injuria

Juan Taveras Hernández

Creo que ha llegado el momento de actuar judicialmente contra quienes han hecho de la difamación, la injuria, el chantaje y la extorsión una profesión o un deporte, sin consecuencia alguna, a pesar de que la ley castiga, con multas excesivas e incluso cárcel, a quienes incurren irresponsablemente en esa práctica tan dañina.

Aunque estudié la carrera de Derecho hace más de 20 años, no me considero abogado, porque nunca he subido a un estrado, ni subiré, y porque considero que el abogado es aquel que ejerce la profesión, el que aboga en un sentido u otro. Es la razón por la cual hice una consulta legal con un verdadero abogado, amigo y hermano, que me envió los datos legales requeridos. Lo cito sin decir su nombre porque no estoy autorizado:

“En la República Dominicana, la protección de la imagen del presidente de la República se enmarca en las leyes que salvaguardan el derecho a la propia imagen y al honor de todas las personas.

No existe una normativa específica dedicada exclusivamente a la figura presidencial. Las siguientes disposiciones son aplicables ante cualquier ofensa, difamación o injuria, no solo contra el jefe de Estado, sino contra cualquier ciudadano que se sienta agraviado.

1.- Constitución de la República: La Constitución garantiza el derecho al honor, la intimidad personal y familiar, y la propia imagen de todos los ciudadanos, incluyendo al presidente.

2.- Código Penal Dominicano: El artículo 338, modificado por la Ley 24-97, sanciona con prisión de uno a dos años y multas de cincuenta mil a cien mil pesos a quienes publiquen, por cualquier medio, un montaje realizado con las palabras o la imagen de una persona sin su consentimiento.

3.- Ley No. 137-11: Esta ley regula la organización del Tribunal Constitucional y el ejercicio de la justicia constitucional para garantizar la supremacía y defensa de las normas y principios constitucionales, así como los derechos y libertades consagrados en la Constitución, incluyendo el derecho a la propia imagen.
Estas normativas buscan proteger la imagen y el honor de todas las personas, incluyendo al presidente, frente a esos individuos difamatorios.”

Aunque la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento garantiza el derecho a la libre expresión y difusión del pensamiento, tiene sus límites. Castiga la difamación y la injuria contra jefes de Estado, diplomáticos de países extranjeros, etc.

Los medios de comunicación, incluyendo las redes sociales y las plataformas digitales, no están al margen de la ley. Por el contrario, están regidos por las disposiciones legales establecidas en la Constitución y las leyes.

No tenemos una democracia; tenemos un libertinaje donde nadie respeta a nadie, sin importar si es el presidente de la República, un artista, un funcionario, un empresario, un fiscal, un juez, un abogado, un periodista, etc.