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El sistema electoral dominicano ha ido evolucionando a raíz de diversas reformas legales y constitucionales. A la derogada Ley Electoral núm. 275-97 le sucedieron la reforma constitucional del 2010; la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; la Ley 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, derogada por la Ley 20-23; hasta la reciente reforma constitucional del 2024 que impactó el número de representantes ante la Cámara de Diputados y, consecuentemente, la magnitud de las circunscripciones electorales para este nivel de elección.
En República Dominicana se realizan elecciones ordinarias cada cuatro años. Durante el año electoral, las elecciones se realizan en dos momentos: las municipales el tercer domingo de febrero; y las presidenciales, congresuales y de representantes ante parlamentos internacionales el tercer domingo de mayo.
Para las elecciones celebradas en el 2024, se eligieron 4,113 cargos electivos: 1 presidente y 1 vicepresidenta; 32 senadores; 178 diputados provinciales; 5 diputados nacionales y 7 diputados en el exterior; 20 representantes ante el Parlacen; 158 alcaldes y 158 vicealcaldes; 1,164 regidores y 1,164 suplentes de regidores; 235 directores municipales y 235 subdirectores municipales; y 735 vocales.
Para el proceso electoral de 2028 se someterán a elección los mismos cargos, de la misma manera; pero por la reforma constitucional de 2024, en las elecciones posteriores (2032 en adelante) las elecciones de todos los cargos se realizarán de manera conjunta el mismo día y el número de diputados quedará reducido a un total de 170. Dicha reducción deja la distribución de dichos escaños de la siguiente manera: 158 diputados provinciales, 5 diputados nacionales y 7 diputados en el exterior. Una reducción del tamaño de este órgano legislativo impactará necesariamente con la reducción del tamaño de las circunscripciones medianas, como veremos.
La elección de los representantes ante parlamentos internacionales tiene la particularidad de que se articula en torno a una circunscripción plurinominal nacional de 20 escaños. Siendo esta la circunscripción electoral más grande, se podría afirmar que es donde la aplicación del método D’Hondt resulta más proporcional. Sin embargo, no deja de haber distorsión en la representación por otros motivos, ya que para la elección de estos representantes no se vota directamente por el listado presentado por el partido, sino que la votación es la sumatoria de los votos válidos obtenidos por los candidatos a senadores de cada organización o alianzas, lo que, en cierta forma, distorsiona la voluntad del elector porque le impide fraccionar su voto.

