Como perdida entre los vericuetos de una ley orgánica del Ministerio Público aparece la creación de una Policía Técnica Judicial que se erigiría como desprendimiento de la Policía Nacional, cuyas atribuciones constitucionales de prevenir y controlar los delitos, perseguir e investigar las infracciones penales, bajo la dirección legal de la autoridad competente, serían usurpadas y suplantadas por ese esperpento.
Esa ley aprobada por el Congreso Nacional viola la Carta Sustantiva por cuanto desnaturaliza el papel del Ministerio Público de jefe de la investigación criminal para asumir el de perseguir e investigar las infracciones penales asignado a la Policía, como lo establece el numeral 3 del artículo 255 de la Constitución.
A pesar de que ese cuerpo técnico quedaría en el ámbito de la institución policial y dependería del presupuesto de la institución, sus miembros no responderían a las directrices de la Jefatura de ese cuerpo, sino a un funcionario civil, en violación a la Ley organiza de la Policía (96/04) que señala que el mando inmediato de la Policía estará a cargo del jefe de la Policía Nacional.
Ahora resulta que el Ministerio Público pretende crear su propia policía encargada de investigar, perseguir, apresar y tal vez de resguardar el orden público y de salvaguardar la seguridad ciudadana, pero con personal y recursos despojados a la Policía, que no tendría razón de existir, pues su papel de auxiliar de la justicia sería asumido de manera directa por los fiscales.
La creación de una Policía Técnica Judicial constituye un acto de comparonería oficial que no tendría ningún efecto sobre la reducción de la criminalidad y, por el contrario, crearía un caos mayor en lo que debe ser una labor armoniosa en la prevención, investigación y persecución de crímenes y delitos.
Los miembros de ese engendro que se pretende instituir no tendrían ningún control disciplinario, porque la ley los exonera de cumplir con las normativas de la dirección central de Asuntos Internos de la Policía, a cuyo jefe tampoco obedecerían, por lo que esos policías técnicos dispondrían de poder y autoridad sin fiscalización alguna.
Es menester insistir en que la Constitución otorga a la Policía la prerrogativa de prevenir e investigar el delito en todas sus manifestaciones, bajo la tutela del Ministerio Público, que no puede incursionar en esa tarea basado en el mandato de su ley orgánica, que tiene similar categoría a la que rige al cuerpo policial que le asigna la administración de los recursos humanos, materiales y financieros involucrados en ese quehacer.
El intento por crear una Policía Técnica Judicial constituye una exagerada y extemporánea expresión de extranjerismo del Ministerio Publico, que el presidente Leonel Fernández está obligado a enmendar por vía de la observación de la ley que contiene tan ridícula iniciativa.

