En un país en donde dizque vivimos bajo la organización de un régimen constitucional definido como un Estado Social, Democrático y de Derecho no puede pasarse como quien ve llover la violación de un derecho ciudadano.
Es inconcebible que una instancia de la justicia dominicana, en este caso la Procuraduría General de la República, permitiendo la barbaridad de no otorgar una certificación de antecedentes penales a un ciudadano por no haber pagado una multa generada por infracción de tránsito.
El Capítulo II del texto fundamental, en el artículo 7 define a la República Dominicana, organizada en un Estado Social Democrático y de Derecho y establece que se funda “en el respeto de la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes públicos.
De igual modo, el artículo 8 de la Carta Magna, dispone que “es función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas”.
Entonces entendido esto, es una vergüenza ver cómo una institución perteneciente al sistema judicial dominicano como la Procuraduría General de República y otra entidad del organigrama estatal como la Autoridad Metropolitana del Transporte AMET estén violando de manera descarada los derechos de los ciudadanos y todo siga igual.
Hay que decir que esto es inaceptable, nada está por encima de la Constitución de la República y si una infracción está tipificada como una falta o violación que puede dirimirse en el ámbito administrativo, ¿por qué entonces trastocar la Constitución y los derechos ciudadanos?