Opinión

Insolencia de una corte

Insolencia de una corte

Constituye una grosera intervención en los asuntos internos del país, la sentencia emitida por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que ordena cambiar nuestro ordenamiento jurídico para que sean dominicanos los extranjeros ilegales nacidos en el territorio nacional, decisión que no es vinculante ni tiene efectos jurídicos.

Es una insolencia de un tribunal regional intentar obligar a un país soberano modificar su Constitución, que es la Ley de Leyes, con el solo propósito de otorgarle la nacionalidad a los haitianos ilegales que pululan en toda la geografía nacional. La Corte condenó a la RD por repatriar a los nacionales del vecino país. La respuesta del gobierno ha sido contundente, al tildar el fallo de sesgado, inaceptable e inoportuno.

Hay consenso entre la mayoría de los abogados dominicanos, en el sentido de que el fallo es invasivo, ilegítimo, contrario a los derechos internacionales y violatorio a la soberanía nacional. La sentencia en cuestión, violenta el derecho de las naciones a decidir sobre la nacionalidad de sus habitantes, y viola el principio fundamental del derecho internacional de la no intervención.

Los tribunales de justicia se revisten de solemnidades. La Corte de la OEA, institución que fue definida hace décadas por Fidel Castro, como un ministerio de colonias yanquis, dejó de actuar con imparcialidad, dado que sus repetidas decisiones contra el país son prejuiciados y predispuestas, pues ilegistima su actuación frente a las presuntas violaciones cometidas por los países que son signatarios del organismo.

El gobierno de Leonel Fernández de entonces, aprobó el tratado en el año 1999 para incorporarse a la referida corte, pero la iniciativa no ha sido aprobada por las cámaras legislativas, conforme el artículo 93 de la Carta Magna, que en su literal “L”, establece dentro de las atribuciones del congreso, lo siguiente: “aprobar o desaprobar los tratados y convenciones internacionales que suscriba el Poder Ejecutivo”.

Sería provechoso que nuestra nación se retire de la Corte, en virtud de lo que señala el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual expresa que cualquier estado miembro puede desvincularse del tribunal cuando existe una amenaza sobre la independencia o seguridad del Estado, como es el caso de la especie, dado que lesiona la soberanía.

El rechazo a la absurda sentencia está apoyada en un gran andamiaje jurídico, que demuestra que la Corte no tiene competencia para condenar ni trazar pautas a un país independiente.

El Nacional

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