Editorial

Intercambios

Intercambios

El artículo 37 de la Constitución dispone que desde la concepción, el derecho a la vida es inviolable y que no podrá establecerse, pronunciarse ni aplicarse en ningún caso la pena de muerte, pero ese precepto sustantivo obra para todos los ciudadanos, cuya garantía pone a resguardo de la Policía Nacional.

El Estado, que se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes, tiene el monopolio de la violencia en términos disuasivo y compulsivo frente a quienes perpetran crímenes y delitos.

La Carta Magna consigna que la dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable, pero establece que su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos, cuya obligación es afrontar en cualquier estado de causa brotes o acciones tipificadas como infracción penal.

Aunque doctrina, jurisprudencia y el propio ordenamiento jurídico-penal colocan al Ministerio Publico como garante de los derechos de procesados, justiciables o imputados, el mandato de preservar vidas y bienes del ciudadano ordinario tiene jerarquía mayor.

Así las cosas, la autoridad competente posee autoridad y dignidad ofrecida por la Constitución y las leyes para enfrentar la violencia delincuencial con el tipo de protocolo que dispongan las circunstancias, en cuyo caso colisiona el derecho a la inviolabilidad de la vida del agente depositario de esa autoridad con el del delincuente.

En ningún modo se procura justificar posibles homicidios extrajudiciales, figura estrambótica copiada aquí de organismos internacionales, pero se advierte contra la insana costumbre mediática de tipificar como falso todo argumento policial referido a intercambios de disparos entre agentes policiales y supuestos delincuentes.

La sociedad toda está en deber de ejercer y defender sus derechos inalienables y todos los contenidos en la Constitución y las leyes, pero es menester que gobernantes y gobernados entiendan que esa armazón jurídico confiere a la autoridad competente la obligación de preservar el estado de derecho en beneficio de todos los ciudadanos, incluidos propios delincuentes que muchas veces asesinan, violan, asaltan o atracan a gente indefensa.

Se admite que la expresión “intercambio de disparos”, crea justificada suspicacia, pero no debería negarse que las más de las veces, antisociales enfrentan a la autoridad con armas de mayor calibre a las usadas por un Policía. La delincuencia y criminalidad es mucho más que el cuento de Caperucita y el Lobo.

El Nacional

Es la voz de los que no tienen voz y representa los intereses de aquellos que aportan y trabajan por edificar una gran nación