Es verdad que los tribunales penales no son órganos subsidiarios del Ministerio Público ni de la Policía, sino entes de un Poder Judicial cuya misión es administrar justicia conforme a hechos y derecho, pero frecuentes descargos de implicados en la comisión de crímenes graves hacen temer que la balanza de la diosa Temis se inclina más a favor de los delincuentes que de las víctimas.
En sentencia penosamente motivada, el Tribunal Colegiado de Barahona descargó por alegada insuficiencia de pruebas a un grupo de presuntos narcotraficantes acusados de recibir cargamentos de drogas en una pista clandestina, un fallo calificado como escandaloso en razón de que los jueces no valoraron el fardo probatorio presentado por la Fiscalía.
Se menciona también la decisión de la Corte de Apelación de San Cristóbal de ordenar la libertad de uno de los acusados de asesinar y descuartizar a dos jóvenes en Baní, en un caso típico de sicariato, mientras que el Juzgado de Instrucción de Samaná ordenó la libertad de cuatro de seis imputados en el trasiego de 157 kilos de cocaína.
El colmo ha sido el de una jueza interina del Juzgado de Atención Permanente de la provincia Santo Domingo, que impuso una garantía economía de cinco mil pesos a un hombre acusado de violar y asesinar a una menor de once años, lo que quiere decir que ese presunto estuprador y homicida obtuvo su libertad con menos dinero que lo que se requiere para cenar en ciertos restaurantes.
Resulta imposible frenar la espiral de criminalidad con la conducta dócil de los jueces al conocer pedido de medidas de coerción o juzgar el fondo de casos de asesinato, sicariato, narcotráfico, atracos, violaciones, secuestros y otros crímenes violentos, de lo que resulta que la mayoría de los sometidos por esas infracciones sea reincidente. ¿Qué está pasando con los jueces penales? ¿Por qué tanta venalidad?
Se admite que no pocos expedientes instrumentados por el Ministerio Público están marcados por deficiencia procesal o déficit probatorio, pero llama la atención que tribunales y cortes desestiman acusaciones que han sido bien sustentadas o que se refieren a notorios casos en que están involucrados reincidentes delincuentes.
El Código Procesal Penal alejó a los jueces de Dios al vetar la figura de la intima convicción, pero parece que los acercó demasiado al demonio al otorgarle autoridad sin límite para poder descartar las pruebas materiales de cargo a los imputados, porque ahora alegando cualquier supuesto error procesal un magistrado manda a la calle al más peligroso de los delincuentes.
No se pide al juez que se vende los ojos y que condene al imputado sin revisar pruebas de cargo y descargo; lo que se reclama es que se aplique la ley sin contemplaciones y que se procure con pulcritud de conciencia que los delincuentes paguen con apremio corporal por sus ofensas a la sociedad. ¡Es justicia lo que se pide y se espera.
