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La otra España

La otra España

Chiqui Vicioso

(III)
España contaba con uno de los más antiguos Estados de Derecho de Europa y América, recogiendo en la Carta Magna Leonesa de 1188 el derecho tradicional y lo “mejor” de otros fueros nuevos, entre ellos “la invulnerabilidad de la propiedad”, la “inviolabilidad del domicilio y la paz de la casa” y el rol de los letrados como salvaguarda contra “el capricho y abuso de la autoridad”, constituyéndose, con las “Siete Partidas” de Alfonso X el Sabio, en “uno de los corpus jurídicos con mayor prestigio de la Edad Media”.

En España se publica la primera Biblia Políglota y en la Universidad de Alcalá, se inaugura una revolución en la Escolástica defendiendo el derecho a dudar…”Que Dios bendiga cada rincón de una duda”: así como se firmó en Tordesillas, un Tratado que se considera como “el primer instrumento jurídico de Derecho Internacional.

Por eso afirma Ibañez que “la edad moderna no empieza con la invención de la imprenta o con la caída del Imperio Romano, sino con el encuentro de dos mundos” en 1492: y “la elaboración de un sistema de pensamiento universal aplicable en todos los aspectos de la vida humana, desde la teología al derecho, de la economía a la política, de la filosofía a la ciencia”.

El ensayo de Ibañez va aún más lejos, demostrando como Domingo de Soto fue el primero en descubrir las leyes de la gravedad que luego popularizaron Galileo y Newton. Que a los Teólogos de la Escuela Salmantina se deben las principales aportes doctrinales del Concilio de Trento y la doctrina social de la iglesia católica, y el “liberalismo político”, cien años antes de Locke, mediante el cual Juan de Mariana establecía el límite del poder del Rey, “sosteniendo que si bien la soberanía era de origen divino, de Dios derivó en el pueblo y era el pueblo el que delegaba ese poder al monarca pudiendo arrebatárselo si no cumplia sus deberes”. Un antecedente del Contrato Social de Rousseau.

Mariana también plantea las reglas del arte de gobernar donde (y permítanme sonreir) “recomendaba que todos los funcionarios del rey, antes de ocupar sus cargos, presentaran un inventario de sus bienes, debiendo ser auditados para que al tiempo de la visita diesen por menudo cuenta de como habian ganado lo demas”; y, (otra sonrisa), criticaba la inflación que perjudica de manera especial a los pobres, defendiendo el principio rector de una sana política fiscal: “Debe ante todo procurar el príncipe que, eliminados todos los gastos superfluos,sean moderados los tributos…los gastos públicos no sean mayores que las rentas reales,a fin de que no se vea obligado a hacer empréstitos ni a consumir las fuerzas del imperio en pagar intereses que han de crecer dia a dia”. (“Del Rey y de la Instucion Real”).

Es la otra España, la que no conocemos.

El Nacional

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