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Las vistas públicas

Las vistas públicas

En las vistas públicas sobre el proyecto de modificación del Código Penal, presentadas en la Cámara de Diputados y Diputadas, el viernes pasado, el tema que acaparó la atención fue el de las tres causales. Las sugerencias y argumentos acerca del tema fueron más a favor de la inclusión de las tres eximentes de culpa en causas especiales.

Citaremos algunos párrafos de la solicitud del Núcleo de Apoyo a la Mujer, NAM, organización de mujeres desde esta ciudad de Santiago, desde 1987, presentada por la Trabajadora Social, Licda. Mildred Mata.

El NAM, dice, “apoya y acoge como nuestra la redacción alterna que fuera presentada por los diputados José Horacio Rodríguez y Santiago Vilorio. Hoy reiteramos nuestra demanda a todo el Congreso Nacional, diciéndoles, además, a Diputados/as y Senadores/as, que es en el Código Penal Dominicano y no en otros instrumentos legislativos en el que deben ser incluidas las tres (3) causales del aborto; por la sencilla razón, porque es en ese Código Penal que se castiga el aborto con severas penas privativas de libertad para la mujer y el personal de salud que le asista”.

Además, invita a los/as congresistas, a hacer“ el sencillo ejercicio de preguntarse si: ¿La legítima defensa, como eximente de responsabilidad penal, ha sido objeto de referendo o se encuentra en una ley especial fuera del Código Penal? La respuesta es que no. Entonces, de igual forma debe operarse con las causales por aborto”.

El NAM, cree que, mantener el C. Penal tal y como está, proponiendo “soluciones al tiempo”, es atentar contra la mitad de este país, afirmando que, “Ponderar estos escenarios, pudiendo ofrecer soluciones hoy dentro del proyecto Código Penal, es un mensaje desalentador para las mujeres dominicanas que se traduce en la falta total de una mínima consideración de los derechos fundamentales de las mismas. Es incumplir las funciones que el poder legislativo tiene para con la población femenina dominicana en la salvaguarda y garantía de sus derechos más elementales: Vida, Dignidad, Libertad y Salud”.

Sobre el poder de facto de las iglesias dentro de las instituciones estatales, contraviniendo el art. 45 de nuestra Constitución, el NAM aclara que, “No es posible continuar desarrollando la legislación y la política pública desde el temor y la sumisión a estos sectores. Y que las autoridades reciban presiones que no sean de la población a la que están llamadas a responder, respetando la dignidad y los derechos de las personas”.

“¡Basta ya de jugar con nuestros derechos como si no fuésemos personas, sino objetos sobre los cuales se dispone antojadizamente!”.

Por. Susi Pola
susipola@gmail.com

El Nacional

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