Editorial Opinión

Ley mordaza

Ley mordaza

No hay que ser especialista en derecho constitucional, civil o penal para darse cuenta de que el proyecto de “Ley orgánica que regula la protección al derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen” es un peligroso armatoste jurídico diseñado para limitar o controlar la libertad de prensa y la libre expresión del pensamiento.

Lo primero que debería señalarse es que los derechos referidos a la buena fama o el honor de las personas físicas o jurídicas están efectivamente consignados en la Constitución y su tutela a cargo de leyes adjetivas que se bastan por sí mismas.

Esa ley crearía en el escenario penal, civil y procesal una especie de Estado de sitio, en el cual prensa, periodistas y ciudadanos tendrían siempre una daga sobre su cuello al divulgar cualquier hecho o suceso, así sea una fotografía o la mención de un nombre encartado en una noticia.

Se pretende limitar la discrecionalidad del juez al aplicar sanciones penales o civiles al señalar que deben tener “un efecto social y regenerativo” para el individuo y para “la sociedad en su conjunto”, algo así como que “el hermano mayor te vigila”, de la novela de George Orwell, que recrea un Estado vigilante y totalitario.

¿Quién ha dicho que un ciudadano o ente jurídico tiene hoy vedadas las vías jurídicas penales o civiles para reclamar en buen derecho sanción punitiva y reparación pecuniaria contra quienes violenten sus derechos a la intimidad, al honor, al buen nombre o propia imagen?.

Como para aparentar que se trata de un estatuto garantista, se consignan en ese proyecto “exenciones” en su aplicación a las opiniones de los jueces en una decisión judicial, de los legisladores en sesiones congresuales y las contentivas en informes y memorias oficiales, dispensa que ya están contenidas en otras leyes.

En virtud de ese proyecto de ley mordaza, la prensa no podrá hacer uso de una imagen o fotografía o vídeo sin el consentimiento previo de las personas, que además debe informarle con antelación el uso que se le daría, pero una posible aprobación de divulgación o difusión puede ser revocada en cualquier momento.

Si se aprueba ese mamotreto, editores y periodistas deben prepararse para responder ante los tribunales penales y civiles por difusos delitos de prensa, carentes de elementos constitutivos, por los que sufrirían penas que incluyen recibir charlas de orientación sobre la infracción cometida, como en los mejores tiempos del estalinismo.

El Nacional

La Voz de Todos