En 1979, la Asamblea de la ONU, aprobó la “Convención sobre la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer”, CEDAW, por sus siglas en inglés, entrada en vigor como tratado internacional en septiembre de 1981, tras ser ratificada por 20 países, entre ellos el nuestro, que lo hizo el 15 de septiembre de ese año.
La Convención, estableció el Comité de la CEDAW, conformado por 23 personas expertas, elegidas por sufragio secreto a partir de una lista de personas propuestas por los Estados Partes y con cargo a título personal, por un período de cuatro años. Vigila la aplicación de la Convención por los Estados ratificantes, a través de informes presentados por ellos; invita a organismos especializados de la ONU a enviar informes para su estudio y también, recibe información de organizaciones no gubernamentales.
Este Comité el único mecanismo de denuncia internacional que se ocupa solo de los derechos de las mujeres, analiza contextos de discriminación con perspectiva de género y su jurisprudencia y establece estándares internacionales que pueden impactar los 187 Estados Partes.
Esto a colación por el caso de la española Ángela González, que durante 20 años sufrió violencia de parte de su pareja. En 1999, se separó del agresor y se fue de casa con su hija Andrea, de 3 años, temiendo que pudiera matarlas a ambas. Asistida por Women´s Link Worldwide, organización internacional de derechos humanos que trabaja porque la justicia con perspectiva de género sea una realidad en todo el mundo, Ángela denunció muchas veces, en el proceso del divorcio y después, tratando de proteger a su hija del padre violento, solicitando visitas supervisadas, pero a pesar de los esfuerzos, el sistema autorizó que el agresor visitara la niña de seis años, solo. El 24 de abril de 2003, ese victimario, asesinó a su niña de 6 años y luego se suicidó.
De acuerdo a Women´s Link Worldwide, en su búsqueda de justicia, Ángela eligió el Comité CEDAW, como organismo internacional para llevar su caso, porque responsabiliza al Estado por la muerte de su hija y, porque quiere continuar su lucha, esperanzada en que el caso genere cambios en el sistema y se obtengan garantías para otras mujeres, niñas y niños víctimas de violencia de género. La comunicación de Ángela, representada por Women’s Link Worldwide, alega la violación de los artículos 2 (obligaciones generales de los Estados en materia de discriminación contra las mujeres), 5 (estereotipos) y 16 (igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares) de la CEDAW.
El caso de Ángela y Andrea, también sucede en nuestro país y el Comité de la CEDAW es una alternativa para obtener justicia.