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Ministerio Público apelará decisión ordenó libertad de Alexis Villalona

Ministerio Público apelará decisión ordenó libertad de Alexis Villalona

Alexis Villalona en foto de archivo.

Baní.-El Ministerio Público del Distritito Judicial de Peravia, apelará la sentencia ordenada por el juez del primer juzgado de la Instrucción Ariel  Argelis Rojas Espinal, de poner en libertad en la mañana  de este martes a Alexis Villalona, quien fue condenado por el juzgado de Atención Permanente de esta ciudad  a cumplir tres meses de prisión preventiva en la cárcel de Baní como medida de coerción por haber agredido a Santa Arias.

El hecho ocurrió en la madrugada del pasado primero de enero de este año durante un incidente en la calle Santomé esquina 27 de Febrero, agresiones que fueron captadas en videos que se hizo viral en las redes sociales.

El fiscal Ángel Darío Tejeda Fabal dijo que aunque respeta la decisión del juez Rojas Espinal, el Ministerio  Público apelará dicha decisión por ante la  Corte de Apelación de San Cristóbal tan pronto sea notificada la medida porque entiende que Villalona cumplía una coerción de tres meses tras haber  emprendido la huida por más de quince días de sucedido el hecho contra Arias.

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La variación de la medida de coerción contra Villalona, fue adoptada por el juez Rojas Espinal, luego de que el abogado de la defensa de Villaona, Jorge de los  Santos, apelara la sentencia y presentara argumentos que fueron tomados por el juez para ordenar la libertad y condenarlo al pago de 40 mil pesos y presentación periódica hasta la apertura de la audiencia o juicio.

MP solicita apertura a audiencia preliminar

El fiscal de Peravia, informó que ha procedido a solicitar al  juez fijar la audiencia preliminar a los fines de conocer la acusación de solicitud de auto de apertura a juicio, respecto al acusado por violación a los artículos 309,0309-1 del Código Penal dominicano y articulo 79 de la Ley número 631-16 del 2 de agosto del año 2016 para el control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, en prejuicio de Arias y el Estado dominicano.

En la solicitud, la Fiscalía de Peravia sostiene que deben mantenerse las medidas de coerción impuestas a Villalona consistente en prisión preventiva, por  no haber variado los presupuestos que dieron origen a la misma.

La calificación  jurídica del hecho punible y su fundamento, sostiene el MP, se resumen en los tipos penales de golpes y  heridas voluntarios, violencia contra la mujer y exhibición de armas de fuego  en la vía pública en el grado de autor, previstos y sancionados por las disposiciones de los artículos 309, 309-1 y articulo 79  de la Ley número 631-16 del 3 de agosto del año 2016, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, hechos previstos y sancionados por esas normativas legales.

El fiscal Tejeda Fabal en su  solicitud sostiene que el artículo 309 del Código Penal se establece que el que voluntariamente infiere heridas, diere golpes, cometiere actos de violencia o vías de hecho dependiendo de la gravedad de lo sucedido puede ser condenado a reclusión en una cárcel pública del país.

Además, dijo que el artículo 309-1 establece que “constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada en razón de su género, que causa año, sufrimiento físico, sexual o  psicológico a la mujer , mediante el empleo de fuerza física o vinolencia psicológica, verbal ,intimidación o persecución” por lo que sostiene que según el párrafo del artículo 309-2, establece la sanción de tipo penal a los culpables de los delitos previstos en dichos artículos que serán castigados  con la pena de un año de prisión, por lo menos,  y cinco a lo más, y multa de quinientos a cinco  mil pesos  y la restitución de los bienes destruidos, dañados y ocultados, si   fuera el caso”. 

Entre los fundamentos de la calificación jurídica de las  pruebas que serán presentadas están el testimonio de Arias, los  testimonios del teniente de la Policía Nacional, Luis Manuel Mateo Feliz, del sargento mayor José Francisco Valdez; del capitán Luilly De la Rosade  y Alexandra Mariñez Ballast, del Ministerio Público.

Además el testimonio o declaraciones orales de la perito Dianelba Viloria, psicóloga forense, de la Unidad de Violencia de Género, Sexual e Intrafamiliar de la Fiscalía de Santo Domingo Oeste.

Asimismo, el acta de arresto en virtud de la orden judicial de fecha 14 de enero del año 2022 practicada a Villalona, también el acta de entrega voluntaria del arma de fuero  pistola marca Barsa calibre 9 milímetros, número 555241 con su cargador.

Otras pruebas que presentara el MP son acuse de recibos de memoria USB de fecha 6 de enero de 2022 que contiene las grabaciones de los hechos ocurridos el sábado primero de enero de 2022 que recogen el momento  de los hechos imputados, captados por las  cámaras de vigilancia de la sucursal de la Cooperativa Coopcentral ubicada en la calle Santomé esquina 27 de Febrero lugar donde ocurrió el hecho.

También el certificado médico legal e fecha 2 de enero de 2022 donde consta el  examen realizado por la legista Laura Peguero a la víctima, además del informe pericial psicológico de riesgo de fecha 27 de enero de 2022, informe de experticia audio visual de fecha 23 de febrero de 2022 emitido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y otras pruebas.

Retiro de querella o acusación

Tras conocerse del caso y tras varios días en procura de apresar a Villalona, la victima fue llevada  a una casa de acogida por el Ministerio Público a la provincia Santo Domingo Oeste a los fines de prestarle todo el apoyo legal y psicológico, la cual una vez apresado Villalona llegó a declarar en contra de su agresor en audiencias de conocer medidas de coerción, la misma sorprendió al propio Ministerio Público, a la ministra de la Mujer, Mayra Jiménez, a la sociedad banileja y a diferentes instituciones públicas y privadas que le ofrecieron apoyo cuando se dio a conocer que  ella no iba a acusar a su agresor porque como ya se hizo de público conocimiento llegó a un acuerdo mediante el cual su agresor le hizo un pago de un millón 200 mil pesos para que desistiera de  presentar acusación.

Con el dinero recibido, Arias logró surtir  un colmado dentro de su vivienda ubicada en la cañada del barrio 30 de mayo y logró ser objeto de entrevistas en medios de comunicación, nacionales e internacionales.