Articulistas

Quintaesencia: Abinader y reforma

Quintaesencia: Abinader y reforma

Rafael Ciprián

rafaelciprian@hotmail.com

La reforma constitucional, como es costumbre entre nosotros cada vez que tenemos un nuevo Gobierno, vuelve a adueñarse del debate nacional. Y es bueno que le demos esa importancia al tema. De los asuntos constitucionales dependen la institucionalidad, la estabilidad macroeconómica y la paz social.

 Esto así porque el respeto al orden constitucional es la esencia de la seguridad jurídica. Sin seguridad jurídica las instituciones dejan de cumplir sus funciones frente a las políticas públicas que deben desarrollarse. Y sin esa institucionalidad los actores económicos nacionales y extranjeros pierden la confianza en el país, y los capitales huyen como aves migratorias.

 Ante ese escenario, la economía entra en crisis y genera otra crisis de naturaleza social. Y esta, a su vez, crea una crisis política que afecta la gobernabilidad y la necesaria gobernanza.

 Por tanto, nuestra sociedad exhibe una gran madurez al priorizar la discusión de la reforma al Pacto Político sobre cualquier otro tema.  Quedaron en el pasado los tiempos en que el jefe de Estado proclamara que “La Constitución es un pedazo de papel”. Con esto copió sin mencionarlo al célebre jurista alemán Ferdinand Lassalle, y lo sacó de contexto.

 Lassalle dijo eso, pero solo aplicable cuando los factores reales de poder que interactúan en la sociedad no se sienten representados por la Ley Suprema de la nación.

Así las cosas, el Presidente Luis Abinader encendió los motores del debate nacional con su declaración de que impulsará una reforma constitucional.

 Muchos pueden estar de acuerdo o no con el Presidente Abinader, pero todos tenemos que admitir que ha sido coherente con sus promesas de campaña electoral.

 Otros, más sutiles, dicen que no es el momento para materializar esa reforma. Hasta afirman que los temas propuestos no ameritan el cambio de la Norma Sustantiva.  Los dos temas predominantes para la reforma son, por una parte, el cambio de nombre y la independencia del Ministerio Público. Se denominaría Fiscal General, en lugar de Procurador General de la República. Además, el Presidente perdería la atribución de nombrarlo por decreto.

 Y, por la otra parte, prohibiría que los miembros de las llamadas altas cortes sean elegidos del padrón electoral del partido gobernante.

 Conforme al artículo 170 de la Carta Magna: “El Ministerio Público goza de autonomía funcional, administrativa y presupuestaria. Ejerce sus funciones conforme a los principios de legalidad, objetividad, unidad de actuaciones, jerarquía, indivisibilidad y responsabilidad”.

 Pero hasta la llegada de la magistrada Miriam Germán, parece que el principio de jerarquía era el que más funcionaba en el Ministerio Público, y este quedaba subordinado al presidente de la República.