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Regulación en RD del teletrabajo

Regulación en RD del teletrabajo

Ha hecho bien el Ministerio de Trabajo con emitir la resolución 23-2020 sobre regulación del teletrabajo, modalidad laboral que ha tomado auge a causa de la pandemia de coronavirus, pero que se erige como una expresión de modernidad que mediante el uso de la tecnología ayuda a reducir costos en los procesos de producción de bienes o servicios.

La citada disposición oficial oficializa el teletrabajo y dispone que el empleador comunique al Ministerio de Trabajo en un plazo de 30 días la relación contractual que fije con sus empleados, en el entendido de que debe primar el mutuo acuerdo entra las partes.

Esta modalidad especial de trabajo a distancia se aplica desde antes de la pandemia en muchos otros países, incluido Estados Unidos, motivado por dificultades en el tránsito, lejanía del centro de trabajo o, simplemente porque la tecnología aplicada no requiere que el trabajador asista de manera presencial a la sede laboral.

La resolución del Ministerio de Trabajo permite que el ejercicio de esa nueva modalidad surta efecto en lo relacionado con normativas contenidas en el Código de Trabajo ante lo cual esa dependencia funge como componedora entre las partes.

A partir de ese edicto oficial, el teletrabajo se reconoce como una prestación de servicio al mismo nivel que el que se realiza en el lugar de la oficina o la planta, por lo que puede decirse que esa modalidad vino para quedarse aun después de la pandemia.

El Nacional

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