- ¿En qué consiste actualmente el ejercicio de la diplomacia económica?
La diplomacia económica y comercial es hoy una imprescindible forma de ejecución de la denominada “diplomacia convencional”, conforme a los requerimientos contemporáneos, que ejecutan los miembros correspondientes del servicio exterior de un Estado en el país donde estén destinados.
Esta actividad, suele asumirse como un proyecto de Estado, de compleja y bien fundamentada elaboración técnica, que demanda óptima responsabilidad y cuidado de los funcionarios involucrados.
En este ejercicio, las grandes líneas de actuaciones son: a) La promoción comercial y el marketing de los productos y de la imagen del país, haciendo énfasis en las exportaciones, que incluye la realización de actividades con ese propósito; b) Igualmente, la promoción de la inversión orientada a la canalización de la inversión extranjera hacia el país; c) Apoyo a la internacionalización de empresas locales con capacidad para ello; d) La protección, asesoría y asistencia en este ámbito; e) El ejercicio de la función de observación e información enfocada a los asuntos económicos (inteligencia económica); f) Establecimiento de redes de contactos (“networking”); g) Análisis del mercado y la elaboración del correspondiente banco de datos. También la transferencia de convenientes tecnologías; y el fomento de la cooperación.
En esta labor debe contarse con las informaciones técnicas que facilitan organismos internacionales, y los recursos tecnológicos, incluyendo, pero no limitándose, a la inteligencia artificial (IA).
Tales labores en las embajadas son dirigidas por el jefe de misión, quien suele contar con el soporte de una unidad especializada (sección), al frente de la cual debe estar un consejero (técnico) o agregado comercial, con la correspondiente formación.
Procede precisar que las labores comerciales de carácter consular, evidentemente uno de los pilares de la institución consular desde sus orígenes, hoy son coadyuvantes con el ejercicio de la diplomacia comercial de las embajadas.
2. ¿Qué es un “modus vivendi” en el ámbito de los compromisos internacionales entre Estados?
Se denomina modus vivendi al compromiso internacional de carácter provisional entre dos Estados, establecido con el objetivo de regular temporalmente sus relaciones y facilitar la firma de un acuerdo definitivo que sea formal y detallado en sus términos.
3. ¿En el código de vestimenta para actividades diplomáticas cuándo se usa traje blanco para caballeros?
El traje blanco es de uso exclusivo para ciertos actos oficiales en determinados países de clima tropical, entre ellos la República Dominicana. Sólo cuando diplomáticos extranjeros participan en dichos actos, se les requiere usar esa modalidad de trajes.
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Téngase en cuenta que debe ser de color blanco (nunca de un color aproximado, como el llamado blanco hueso).
El pantalón, y la camisa (preferiblemente de doble puño francés para gemelos) también deben ser blancos, en cambio los zapatos, las medias, la correa y la corbata deben ser negros.
Las damas en esas ocasiones suelen usar el denominado traje sastre o de chaqueta” para señoras, de color blanco, con semejantes requerimientos.