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SB dicta norma sobre cuentas inmovilizadas

SB dicta norma sobre cuentas inmovilizadas

superintendencia de Bancos

Santo Domingo.- La Superintendencia de Bancos (SB) dictó la norma que deben seguir las entidades de intermediación financiera (EIF) ante los requerimientos de información de usuarios con productos bancarios inmovilizados por disposición del Ministerio Público, tribunales jurisdiccionales u otras autoridades competentes.

 La Circular SB: número 014/21, del 9 de septiembre de 2021, que fue coordinada con el Ministerio Público, instruye a las EIF a proporcionar información a los usuarios sobre el estado de sus fondos o productos inmovilizados por orden judicial o del Ministerio Público, y precisa cuál es la información que pueden proveerles.

En este sentido, establece que las EIF deberán proveer el número de la orden, fecha de emisión y nombre del tribunal que ordena la acción.

La norma también indica que las entidades, sus empleados y ejecutivos no pueden referir a la Superintendencia de Bancos a los usuarios cuyos productos han sido inmovilizados por requerimiento de las autoridades judiciales o por el Ministerio Público.

Esto permitirá evitar trabas innecesarias a los usuarios que procuran información sobre productos financieros inmovilizados, de modo que puedan agotar el proceso con mayor agilidad.

El Nacional

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