En los últimos años se han publicado en España numerosas guías de lenguaje no sexista. Han sido editadas por universidades, comunidades autónomas, sindicatos, ayuntamientos y otras instituciones. Las que identifico con siglas o abreviaturas en la relación que aparece al final constituyen tan solo una muestra de ese extenso catálogo.
Antepondré un guion a la página citada: MUR-8, UPM-10, UGT-14, etc.
La mayor parte de estas guías han sido escritas sin la participación de los lingüistas.
Constituye una importante excepción MAL, que contiene abundante bibliografía. Esta es la guía más completa de las nueve, y también la menos radical en sus propuestas. Cabe pensar que los responsables o los impulsores de las demás guías entienden que no corresponde a los lingüistas determinar si los usos verbales de los hispanohablantes son o no sexistas. Aunque se analizan en ellas no pocos aspectos del léxico, la morfología o la sintaxis, sus autores parecen entender que las decisiones sobre todas estas cuestiones deben tomarse sin la intervención de los profesionales del lenguaje, de forma que el criterio para decidir si existe o no sexismo lingüístico será la conciencia social de las mujeres o, simplemente, de los ciudadanos contrarios a la discriminación.
Ha trascendido a la prensa recientemente el malestar de los profesores de Lengua Española de la Universidad de Murcia ante la guía de lenguaje no sexista que esta institución elaboró (MUR, en la lista final) sin contar con su participación o recabar siquiera su parecer.
Se ha señalado en varias ocasiones que los textos a los que me refiero contienen recomendaciones que contravienen no solo normas de la Real Academia Española y la Asociación de Academias, sino también de varias gramáticas normativas, así como de numerosas guías de estilo elaboradas en los últimos años por muy diversos medios de comunicación.
En ciertos casos, las propuestas de las guías de lenguaje no sexista conculcan aspectos gramaticales o léxicos firmemente asentados en nuestro sistema lingüístico, o bien anulan distinciones y matices que deberían explicar en sus clases de Lengua los profesores de Enseñanza Media, lo que introduce en cierta manera un conflicto de competencias.
No hay, desde luego, ilegalidad alguna en las recomendaciones sobre el uso del lenguaje que se introducen en esas guías, pero es fácil adivinar cuál sería la reacción de las universidades, las comunidades autónomas, los ayuntamientos o los sindicatos si alguna institución dirigiera a los ciudadanos otras guías de actuación social sobre cuestiones que competen directamente a esos organismos, y, más aún, que lo hiciera sin consultar con ellos y sin tener en cuenta sus puntos de vista, cuando no despreciando abiertamente sus criterios.
Las nueve guías que menciono poseen numerosos puntos en común. También existen algunas diferencias entre ellas, relativas sobre todo al grado de detalle con el que explican los fenómenos gramaticales o léxicos.
De las nueve guías que menciono, MAL es la única que acepta el uso no marcado (más comúnmente llamado genérico) del masculino, como en el trabajador debe exigir sus derechos (MAL-29) o en El alumno deberá asistir puntualmente a clase (MAL-32), donde admite que el masculino es extensivo a las mujeres.
Esta guía se limita a censurar el uso abusivo del masculino genérico (MAL-47), mientras que las demás no aceptan su empleo y recomiendan evitarlo en todos los casos.
Entre los aspectos que comparten las guías de lenguaje no sexista destaca sobre todo una argumentación implícita que me parece demasiado obvia para ser inconsciente.
Consiste en extraer una conclusión incorrecta de varias premisas verdaderas, y dar a entender a continuación que quien niegue la conclusión estará negando también laspremisas.
La primera premisa verdadera es el hecho cierto de que existe la discriminación hacia la mujer en nuestra sociedad. Son alarmantes, en efecto, las cifras anuales de violencia doméstica, y se siguen registrando situaciones de acoso sexual no siempre atendidas debidamente por las autoridades competentes.
Existen todavía diferencias salariales entre hombres y mujeres. Se atestiguan también diferencias en el trato personal en el trabajo, que a veces se extienden al grado de capacitación profesional exigible en la práctica, así como a las condiciones requeridas para acceder a puestos de responsabilidad.
Además de en el mundo laboral, existe desigualdad entre hombres y mujeres en la distribución de las tareas domésticas.
Es también real el sexismo en la publicidad, en la que la mujer es considerada a menudo un objeto sexual. Son igualmente verdaderas las actitudes paternalistas que algunos hombres muestran hacia las mujeres, sea dentro o fuera del trabajo, y son asimismo objetivos otros muchos signos sociales de desigualdad o de discriminación que las mujeres han denunciado repetidamente en los últimos años.
La segunda premisa, igualmente correcta, es la existencia de comportamientos verbales sexistas.
El lenguaje puede usarse, en efecto, con múltiples propósitos. Puede emplearse para describir, ordenar, preguntar, ensalzar o insultar, entre otras muchas acciones, y, desde luego, también puede usarse para discriminar a personas o a grupos sociales. Este hecho ha sido destacado por los lingüistas en numerosas ocasiones, incluso aplicándolo al caso específico de las mujeres, como explicaré en este mismo texto.
La tercera premisa verdadera es el hecho de que numerosas instituciones autonómicas, nacionales e internacionales han abogado por el uso de un lenguaje no sexista.
En casi todas las guías que menciono se alude, en efecto, a la abundante legislación que propugna abolirlo.
Menciono a continuación, en orden cronológico, una pequeña parte de esa extensa documentación: Resolución 14.1 de Conferencia General de la Unesco (1987); Resolución 109 de Conferencia General de la UNESCO (1989); Recomendación aprobada por el Comité deMinistros del Consejo de Europa (21 febrero de 1990); Orden de 22/3/1995 del Ministerio de Educación y Ciencia; Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat Valenciana para la igualdad entre mujeres y hombres; Ley del 4/4/2007, para la igualdad entre mujeres y hombres, y de protección contra la violencia de género en la Región de Murcia; Ley 12/2007 para la promoción de la igualdad de género de la Junta de Andalucía; Informe sobre el lenguaje no sexista del Parlamento Europeo (febrero de 2008).
Algunas revistas científicas internacionales piden actualmente a los investigadores que no usen únicamente la inicial del nombre de pila en las citas bibliográficas de sus trabajos, ya que se ha constatado cierta tendencia a considerar, por defecto, que el autor de la obra citada en tales casos es un varón, en lugar de una mujer.
Existen otras muchasmedidas sociales surgidas en los últimos años, igualmente destinadas a evitar situaciones de discriminación hacia las mujeres.
La cuarta premisa, casi un corolario de las anteriores, es igualmente correcta. Es necesario extender la igualdad social de hombres y mujeres, y lograr que la presencia de la mujer en la sociedad sea más visible. Hago notar que las palabras visible, visibilidad, invisibilidad, visibilizar o visibilización están presentes en las nueve guías que he mencionado.
De estas premisas correctas, en cierta forma subsumidas en la última, se deduce una y otra vez en estas guías una conclusión injustificada que muchos hispanohablantes (lingüistas y no lingüistas, españoles y extranjeros, mujeres y hombres) consideramos insostenible.
Consiste en suponer que el léxico, la morfología y la sintaxis de nuestralengua han de hacer explícita sistemáticamente la relación entre género y sexo, de forma que serán automáticamente sexistas las manifestaciones verbales que no sigan tal directriz, ya que no garantizarían la visibilidad de la mujer.
En este punto coinciden todas las guías, aun cuando se diferencian en el énfasis que ponen en la conclusión alcanzada. Si no se acepta el razonamiento, se estará impidiendo al lenguaje que evolucione de acuerdo con la sociedad (GRAN-1), de forma que mantendremos una serie de hábitos que [lo]masculinizan [ ], lo que expulsa a las mujeres del universo simbólico (CCOO-6).
Caeremos, en suma, en el pensamiento androcéntrico, ya que la utilización de esta forma de lenguaje nos hace interpretar lo masculino como lo universal (UPM-10).
Como la primera premisa no afecta a cuestiones lingüísticas, no me detendré en ella.
Apuntaré tan solo que, si bien no está en discusión que sigue existiendo en nuestra sociedad discriminación hacia la mujer, sí existe discrepancia entre las mujeres acerca de cuáles son exactamente las medidas que la evitarían. A manera de ilustración, indicaré tan solo que conozco mujeres (algunas, sumamente prestigiosas) que consideran ofensivo el establecimiento de cuotas que regulen su acceso a puestos de responsabilidad, sea en el número de ministras o de directoras generales que deben formar parte del Gobierno, el de catedráticas que deben enseñar en una determinada universidad, el de miembros femeninos de un comité o de un jurado o el de cirujanas de un hospital.
No deseo entrar a valorar esta cuestión polémica ni, en general, la pertinencia de los llamados criterios de paridad. Si menciono estos ejemplos, relativos a la existencia de discrepancias entre las mujeres acerca de lo que es o no es socialmente discriminatorio, es porque en las guías que examino no se muestran discrepancias en relación a lo que es o no es verbalmente sexista (de nuevo, con la posible excepción de MAL). No solo no se percibe ninguna duda en sus redactores a la hora de discriminar los usos verbales sexistas de los no sexistas, sino que se confunde, no sé si ingenua o deliberadamente, el verdadero sexismo verbal, que he identificado en la segunda de mis cuatro premisas correctas, con la alarma infundada ante voces y construcciones sintácticas que mostrarían un uso supuestamente sexista del lenguaje.
Las muestras de tal confusión son abundantes. Hay, efectivamente, sexismo en el ejemplo Los directivos acudirán a la cena con sus mujeres (UGT-7), precisamente porque el masculino engloba en su designación a varones y mujeres, pero los autores de esa guía entienden que tan sexista es usar esta frase como emplear los trabajadores de la empresa (UGT-11) con la intención de aludir a trabajadores y trabajadoras. Tan sexista les parece el preguntar a una mujer si es señora o señorita (UGT-13) como escribir (UGT-10) Todos tenemos sentimientos, en lugar de Las personas tenemos sentimientos.
En cuanto a MAL, considera, correctamente, que son sexistas frases como En el turismo accidentado viajaban dos noruegos con sus mujeres (MAL-72), pero recomienda a la vez escribir Los gerentes y las gerentas revisarán las solicitudes presentadas hasta la fecha (MAL-81),puesto que entiende que usar únicamente los gerentes podría ser discriminatorio con la mujer.
En general, el rechazo a toda expresión del masculino destinada a abarcar los dos sexos es marcadísimo en las guías. VAL considera sexista escribir los valencianos (VAL-15) y todos los ciudadanos (frente a toda la ciudadanía); UNED rechaza los becarios (UNED-6) y propone en su lugar las personas becarias; y AND considera discriminatorio escribir número de parados (AND-36), en lugar de número de personas sin trabajo.
En su ya antiguo libro ¿Es sexista la lengua española? (Barcelona, Paidós, 1994), Álvaro García Meseguer analizaba pormenorizadamente estas confusiones.
Explicaba (pág. 58) por qué son claramente sexistas frases como Hasta los acontecimientos más importantes de nuestra vida, como elegir nuestra esposa o nuestra carrera, están determinados por influencias inconscientes, ya que introducen una marcada perspectiva androcéntrica en una afirmación general sobre los seres humanos. Justificaba asimismo por qué es sexista acaso más llamativamente aún (pág. 60) uno de los versos de la famosa canción Libertad sin ira, popularizada en España en los años de la Transición por el grupo Jarcha: Gente que solo busca su pan, su hembra, su fiesta en paz.
Este autor añadió muchos más ejemplos de esta confusión en El español, una lengua no sexista (trabajo publicado en Internet), y otros lingüistas han insistido en ella.
Explicaba García Meseguer que son sexistas, y por tanto discriminatorias, frases como Los ingleses prefieren el té al café, como prefieren las mujeres rubias a las morenas, pero también aclaraba que no lo es, en cambio, formar construcciones genéricas con artículos determinados o cuantificadores en masculino, como en Todos los que vivimos en una ciudad grande.
Aplicando el verbo visibilizar en el sentido que recibe en estas guías, es cierto que esta última frase no visibiliza a la mujer, pero también lo es que las mujeres no se sienten excluidas de ella. Hay acuerdo general entre los lingüistas en que el uso nomarcado (o uso genérico) del masculino para designar los dos sexos está firmemente asentado en el sistema gramatical del español, como lo está en el de otras muchas lenguas románicas y no románicas, y también en que no hay razón para censurarlo. Tiene, pues, pleno sentido preguntarse qué autoridad (profesional, científica, social, política, administrativa) poseen las personas que tan escrupulosamente dictaminan la presencia desexismo en tales expresiones, y con ello en quienes las emplean, aplicando quizá elcriterio que José A. Martínez ha llamado despotismo ético en su excelente libro El lenguaje de género y el género lingüístico.

