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Ven Congreso deberá proclamar a Danilo

Ven Congreso deberá proclamar a Danilo

El examen de las actas de elección del presidente Danilo Medina y de la vicepresidenta Margarita Cedeño de Fernández y su proclamación por parte de la Asamblea Nacional, queda pendiente para la culminación del proceso electoral del pasado 15 de mayo.

El artículo 120 de la Constitución así lo establece y por tanto, esas actas deberán ser enviadas por la Junta Central Electoral (JCE) en los próximos días a la Asamblea Nacional, porque la legislatura concluye el próximo día 25 del mes en curso.

Los voceros de los bloque de diputados de la oposición han adelantado que es una buena oportunidad para debatir esas actas y su legitimidad.

Se da por seguro que las actas de la JCE serán aprobadas por la Asamblea Nacional que integran los miembros del Senado y la Cámara de Diputados, en cuyos organismos el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) tiene una mayoría holgada.

¿Objeciones?

Se duda que la bancada opositora cuestione la elección del presidente Medina en términos cuantitativos, porque desde el primer boletín el mandatario marcó distancia insuperable con el entonces candidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Medina obtuvo la votación más alta en la historia electoral en la República Dominicana un 62 por ciento de los sufragios emitidos.
El mandatario llevó al PLD a ganar con más del 50 por ciento sin necesidad de que le contabilizaran los votos de los aliados para poder ganar en la primera vuelta.

Medina colocó al PLD en un sitial privilegiado, cuya organización había obtenido apenas un 37 por ciento en las elecciones del 2012 cuando ganó las elecciones con los votos que le sumaron los aliados en esa oportunidad.

La utilización de los recursos del Estado para obtener el triunfo es una de las imputaciones que se espera le hagan los opositores a Medina cuando se conozcan las actas de elección.
Sólo mandatarios

La Asamblea Nacional integrada por 190 diputados y 32 senadores, cuya labor de seis años, la única en los últimos 50 años, concluye el 16 de agosto, sólo conocerá las actas referentes al Presidente y a la Vicepresidenta de la República.
Los otros cargos como senador, diputados, alcaldes, concejales, encargados de distritos, son potestad de proclamarlos la JCE, después que se concluya con las impugnaciones y recursos y fallos por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE).

El Nacional

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