Aunque el narcotráfico es crimen de lesa humanidad, el principio de presunción de inocencia es por igual de alcance universal, por lo que cualquier diligencia procesal no puede sobreponerse a derechos inalienables del individuo.
El imputado Eddy Brito, acusado de lavado de dinero, ha sido interrogado por agentes de la Agencia Antidrogas de Estados Unidos (DEA), del Buró Federal de Investigaciones (FBI) y de la Policía de Puerto Rico, sin que se sepa si esas agencias extranjeras poseen calidad o autoridad jurídica para abordar un prevenido acusado de violar leyes dominicanas.
Se sabe que los Estados colaboran mutuamente en la persecución del narcotráfico, terrorismo y otros delitos signados como crímenes contra la humanidad, pero en todo caso se procura respetar leyes y normas de cada nación.
Se considera normal que autoridades nacionales y extranjeras compartan o intercambien datos o confidencias sobre un expediente criminal de mutuo interés, pero no es común que un prevenido por blanqueo de dinero sea interrogado de manera simultánea por oficiales de tres agencias extranjeras.
Ojalá que la Fiscalía del Distrito, custodia y garante de los derechos de ese recluso, haya cumplido con la formalidad constitucional de permitir la presencia de su abogado durante los interrogatorios.
En ningún modo se cuestiona la asistencia que se prestan agencias y Ministerio Público de todo el mundo en el combate contra infracciones estipuladas en convenciones internacionales como de lesa humanidad.
El celo mayor debería estar centrado, en la garantía de los derechos de cualquier procesado, sin importar la naturaleza o gravedad de la falta jurídica cometida, por lo que hace falta saber si en el caso del señor Eddy Brito, se cumplieron con esas formalidades.
No es común -se insiste- que oficiales de tres agencias extranjeras interroguen directamente a un prevenido, bajo custodia del Ministerio Público, porque hasta donde se tenía entendido ese papel corresponde exclusivamente a personal dominicano.

