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Libre pensar

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El Defensor del Pueblo, ¿volverán los partidos  a desacatar las leyes?
(III)

El Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Fuerza del Pueblo darían un golpe demoledor a la institucionalidad democrática, si como Defensor del Pueblo escogen -por tratativas electorales- a un dirigente político con desbordadas ambiciones, porque se violaría la Constitución (¿acaso un trapillo?) y la Ley 19-01 (¿un papel de celofán?), que crean esta figura, con el agravante de que echarían por la borda la aplaudida decisión de no designar a fanáticos partidarios en organismos especializados, como ocurrió con la Junta Central Electoral (JCE).

Prematuramente -y en agazapadas jugadas rumoradas por íntimos- tres ministros han empezado a promoverse con recursos estatales -uno ha colocado un spot televisivo-, para potencializarse como presidenciales. Y se están postulando a la Defensoría del Pueblo dos voceros fervientes que como diputados “disfrutaron del barrilito”, y que la castrarían, en virtud de que utilizarían esa instancia como punta de lanza electoral, algo así como un “barril” más grande que el Faro a Colón.

Desde ya están descalificados para intervenir en conflictos, por sus reconocidas banderías prosélitas. Sería peor que asumir la presidencia de la JCE.

En estas improvisadas aspiraciones, y los subsiguientes rejuegos del presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, se quebrantan, flagrantemente, el artículo 92 de la Carta Magna, en cuanto a dos vencimientos ya reiterados, y el artículo 11 de la Ley 19-01, que especifica diáfanamente que “el Defensor del Pueblo no podrá pertenecer a partido político alguno, ni participar en actividades de carácter político partidario”. ¿Incoará un afectado otro recurso ante el Tribunal Constitucional?.

Con solapada “franqueza” y la cara dura, un pretendiente de último minuto “renunció” como jefe de su microscópica organización “popular”, en un engaño a las cámaras legislativas y a la ciudadanía, como aconteció recientemente con un desafiante suplicante a la JCE, que “abdicó” de su PRM y después que fue destronado no aguardó un tiempecito para pedir su reincorporación oficial.

¿Van a respetar los partidos la Constitución y las leyes? ¿Avanzaremos o no en la ordenación institucional? ¿Seguirán como chabacanos…? ¿Es serio anunciar al país que se ha “dimitido” como jefe de un grupo político, siendo mentira? ¿Si se rechaza a un militante del PRM para la presidencia de la JCE, se hará lo contrario con un aliado efímero e inseguro? ¿Afilaría el PRM cuchillo contra su propia garganta?.

La figura del Defensor del Pueblo ha tenido una larga tradición. La Constitución de 1809 de Suecia creó el primer Ombudsman, y no sería prudente mancharlo de un sopetón, violando derechos que está llamado a proteger.

¿A quiénes resguardarán los dos propuestos para Defensor del Pueblo de República Dominicana?.

Por: Oscar López Reyes
oscarlopezperiodista@gmail.com

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