La nueva Ley de Contrataciones Públicas, que entra hoy en vigencia, establece penas de hasta cinco años de prisión contra funcionarios y legisladores que prevalecidos de sus cargos negocien con el Estado, y hasta de 10 años para empresarios y contratistas que ofrezcan sobornos para obtener adjudicaciones.
Ese nuevo estatuto corrige una grave falencia jurídica en la ley anterior que, aunque prohibía a los funcionarios agenciarse contratos con el Estado, no establecía ningún tipo de sanción penal en consonancia con esa infracción, por lo que en ese aspecto el texto se reducía a la condición de letra muerta.
En términos de lucha contra la corrupción, la nueva ley significa un gran salto hacia adelante en relación con la anterior que sólo consignaba sanciones administrativas que en la mayoría de los casos se resarcían con el dinero obtenido mediante la comisión de actos de prevaricación.
Implicados en violaciones a la pasada Ley de Contrataciones Públicas, así como abogados y dirigentes políticos plantearon que esa legislación sólo establecía sanciones administrativas, aunque el Ministerio Público suele agregar a esos expedientes tipos penales como asociación de malhechores, lavado de dinero y coalición de funcionarios.
Las sanciones administrativas prevalecen en la ley con multas de 20 a 50 salarios mínimos a quienes incurran en ese tipo de infracción, a lo que se agrega la inhabilitación temporal o definitiva para participar en procesos de contratación pública, pero lo más importante ha sido suplir la ausencia de sanciones penales.
La nueva ley, que se discutía en laberintos congresuales desde 2021, fue promulgada por el presidente Luis Abinader el 28 de julio del año pasado y puesta en vigor casi seis meses después, con la promesa de que el reglamento de ese estatuto estaría vigente a partir de hoy.
Se estiman en miles de millones de pesos los recursos conculcados al Estado a través de tipos de contrataciones o adjudicaciones públicas en las que se involucran funcionarios en calidad de corruptos y empresarios o contratistas en rol de corruptores, por lo que la sanción penal, de la que se derivan sanciones civiles, ayudará a frenar la corrupción administrativa.
Lo que se requiere ahora es que la Dirección General de Contrataciones Públicas y el Ministerio Público echen mano a esa ley junto al Código Penal para someter ante los tribunales a corruptos y corruptores, con la finalidad de que sufran la penalidad de sanciones aflictivas e infamantes, es decir, cárcel.

