La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que las empresas tienen la responsabilidad de afiliar a sus empleados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
La sentencia dispone que las autoridades deben crear los mecanismos y estructuras para que en el caso de los trabajadores que no poseen un estatus migratorio regular, el empleador cumpla con las obligaciones de afiliación y cotización al SDSS.
En ese sentido, la referida Sala en su sentencia 033-2021-SSEN-00675, casó parcialmente la decisión impugnada, al considerar que el tribunal de segundo grado no podía declarar resuelto el contrato de trabajo por dimisión justificada y aceptar la demanda en reclamación de prestaciones laborales, así como reclamo de daños y perjuicios por la no cotización en el TSS.