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Digesett con 33,585 autos y motocicletas retenidos

Digesett con 33,585 autos y motocicletas retenidos

La gráfica muestra a los miles de vehículos acumulados en el Canódromo, desde el 2006.

La formación de un cementerio de chatarras de   33,585 vehículos de motor retenidos en el canódromo El Coco y otros centros de retención  por la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) es una flagrante violación a la Ley 63-17, que en su artículo 321 establece un plazo máximo de 60 días para entregarlos a su propietario.

Las autoridades violan, también el artículo 243 de esa legislación que establece que el dueño del vehículo retenido tiene un plazo de 90 días para retirarlo.

De lo contrario, procederá a venderlo en pública subasta.

La mayoría de esos vehículos  son motocicletas, llevan más de 10 años en manos de las autoridades.

Solo en el canódromo El Coco se encuentran 22,552 vehículos retenidos, de los cuales 21,085 son motocicletas, según cifras aportadas por la Digesett.

La mayoría de esos vehículos han sido violentados mediante la sustracción de piezas y accesorios y se han convertido en  chatarra.

 En algunos casos, esos vehículos son usados para transitar por personas que están a cargo de su cuidado, sin que nadie pague las consecuencias de ese acto ilegal y abusivo, violatorio de la dignidad humana.

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La ley

El artículo 243 expresa textualmente que  el  Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) publicará cada mes el listado de todos los vehículos que se hayan removido temporalmente, en los medios digitales y en su página web a los propietarios”.

Agrega que “el plazo para reclamar el vehículo será de noventa (90) días, improrrogable a partir de la publicación”.

El primer párrafo del mismo artículo 243 indica que “cuando el propietario de un vehículo removido no lo haya reclamado en el referido plazo de noventa (90) días, el Poder Ejecutivo podrá venderlo en pública subasta para cubrir los gastos del servicio del remolque, depósito y de la publicación”.

El primer párrafo del artículo 321 indica que “la retención temporal de los vehículos involucrados en la comisión de infracciones puede disponerse por un plazo de hasta sesenta (60) días calendarios y se rige por las disposiciones de esta ley”.

Sin embargo, a pesar de que la Ley establece  los pasos para recuperar un vehículo retenido, los ciudadanos encuentran tantas trabas que, en la mayoría de los casos, optan por dejarlos perdidos.

Solo aplicar la Ley

Ayer hubo una reunión de alto nivel, encabezada por el ministro de Interior y Policía, Jesús Vásquez Martínez y el defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, con el objetivo de buscar alternativas para enfrentar la acumulación de vehículos en el canódromo.

El propósito es  examinar el estatus jurídico de todos los vehículos, para entregárselos a las personas que muestren la documentación que exige la ley.

En la reunión de ayer participaron, también, el director de la Dirección de Impuestos Internos (DGII), Luis Valdez Veras; el director de la Digesett, Ramón Antonio Guzmán Peralta, el contralor de la República, Luis Rafael Catalino Correa Hiciano, entre otros.

Un abusivo funcionamiento

La mayoría de esos vehículos  son motocicletas y llevan más de 10 años en manos de las autoridades. Solo en el canódromo El Coco se encuentran 22,552 vehículos retenidos, de los cuales 21,085 son motocicletas.  La mayoría de esos vehículos han sido violentados, mediante la sustracción de piezas y accesorios.

Pilar Moreno

Periodista de vasta experiencia en el periodismo educativo y político