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El viejo y el empleo

El viejo y el empleo

Eddy Olivares Ortega

El viejo compañero, probablemente, desconoce la frase de Napoleón que dice: “Cada edad nos da un papel diferente”. No obstante, como inspirado por esta reflexión, parte cada día, al amanecer, rumbo al frustratorio ministerio de las promesas incumplidas.

La última vez que tuvo asiento en el gobierno fue en el año 2004, el día que siguió al primer fin de semana después de la toma de posesión del presidente Leonel Fernández, quien con un solo decreto desalojó de la administración a la totalidad de los empleados públicos. 

Han pasado muchas cosas tristes en su vida durante los diecisiete años que han transcurrido desde el fatídico día que fue echado a la calle y comprendió la verdad cruda de que “el gobierno no agradece ni guarda rencor”.

Acontecimientos como el que implicó perder la militancia en el Partido Revolucionario Dominicano, en el que nació y al que perteneció la mayor parte de su vida, como producto de que el presidente, Danilo Medina, decidió dividirlo, para entregárselo, infructuosamente, a Miguel Vargas, como pago por su invaluable servicio a su triunfo del 2012. De igual manera, el control hegemónico del Estado, la corrupción más grande de la historia, la impunidad, la propia división del PLD, la pandemia y la derrota.    

Cuando ocurrieron los referidos hechos, el indomable militante era un hombre de 53 años. Hoy que tiene 70 lo consideran muy viejo para ocupar el puesto que le prometieron para servirle al gobierno del partido por el que se ha sacrificado y ha arriesgado su vida en todas las campañas electorales.

Muchos funcionarios han decidido ignorar el artículo 8 de la Ley No. 352-98 sobre Protección de la Persona Envejeciente, que dice: “Todo(a) envejeciente tiene derecho al trabajo, en igualdad de oportunidades y a todas las garantías que al respecto otorgan las leyes laborales, sin discriminación alguna. La Secretaría de Estado de Trabajo y las organizaciones de empleadores y trabajadores deberán tomar las medidas necesarias para que las labores del(a) envejeciente se desarrollen en condiciones satisfactorias y seguras. Deberán tomarse las medidas necesarias para que el(a) envejeciente encuentre o reencuentre ubicación laboral mediante nuevas posibilidades de empleo”.

¿Desde cuando algunos han asumido la administración pública como un negocio particular que se lucra con la plusvalía del valor no pagado del salario? ¿Es que ni siquiera hacen el más mínimo esfuerzo para aparentar que forman parte de un Estado Social y Democrático de Derecho? 

Hasta ahora en una gran parte de la administración ha prevalecido la ingratitud, la injusticia y el desconocimiento del derecho a la igualdad del viejo militante, el cual, de conformidad con el artículo 39 de la Constitución Política, no debe continuar siendo discriminado por causa de su edad y rechazado para brindarle sus nobles energías a la ciudadanía desde las instituciones del Estado. Por lo tanto, tal y como lo dispone el artículo 57 de la Carta Sustantiva, es hora de integrar los militantes de la tercera edad a la administració

El Nacional

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