Actualidad Judicial

Imputados fraudes tributarios podrán viajar

Imputados fraudes tributarios podrán viajar

Las personas investigadas por presuntas defraudaciones tributarias podrán salir libremente del país, sin ningún obstáculo, tras el Tribunal Constitucional (TC) determinar que con la prohibición se les estaba violando el derecho de presunción de inocencia y libre tránsito.

Por vía de consecuencia, el TC  declaró inconstitucional el literal 53 de la Ley 11-92, que aprueba el Código Tributario, el cual facultaba a la Dirección General de Migración a prohibir la salida del país de personas investigadas por delitos tributarios.

Mediante la sentencia TC/1186/25, el alto tribunal determinó que el citado artículo contraviene los articulados 46 y 69.3 dela carta magna dominicana.

El acápite declarado inconstitucional es el f del artículo 53 de la citada ley tributaria, el cual dice de manera textual que: “La Dirección General de Migración no deberá autorizar la salidad del país de las personas investigadas por presuntas defraudaciones tributarias. A estos efectos, la Administración Tributaria deberá enviar a dicha Dirección General, una nómina de los contribuyentes que se encuentren en esa situación”.

El recurso de inconstitucionalidad fue sometido por  Juan A. Díaz Cruz, por entender que la disposición legal viola el  artículo 8, numeral 4 de la Constitución de la República, que consagra la libertad de tránsito.

 Procuraduría

La sentencia contó con el visto bueno de la Procuraduría General de la República, quien en un escrito de contestación dijo que: “Somos de opinión que procede acoger la acción directa en declaración de inconstitucionalidad interpuesta por el señor Juan Antonio Díaz Cruz,  a través de su abogado Martín Rodríguez Bello”.