Santo Domingo.-Un proyecto de Ley contra el Desperdicio de Alimentos sometido el pasado 31 de enero por el vicepresidente del Senado, Santiago Zorrilla, estipula hasta la cancelación de los funcionarios públicos que incurran en esta práctica y crea los bancos de alimentos en los sectores público y privado.
En su artículo 27, el proyecto sanciona a los funcionarios públicos que aprovechándose del cargo tiren, destruyan, desvíen, bloqueen, alteren o violen la distribución de alimentos aptos para el consumo humano.
Señala la iniciativa que se busca crear una cultura de aprovechamiento y donación de alimentos, concientizar a los consumidores y a los sectores público, privado y social sobre la importancia de evitar el desperdicio de alimentos y de propiciar su donación.
Mientras que el artículo 30 de la pieza establece como infracciones muy graves la entrega de cualquier tipo de alimentos no aptos o que no cumplan con la normativa sanitaria en la materia, que garantice la inocuidad de los alimentos, que ponga en riesgo la salud o la vida de los beneficiarios.
“Son considerados infracciones graves, que los funcionarios públicos que, en abuso de su cargo, desvíen, bloqueen perjudiquen, alteren o violen la distribución o donación altruista de alimentos”, sostiene.
Añade el artículo 31 que “quedan exentos de responsabilidad, de lo señalado en el artículo anterior, los casos en que los alimentos ya no puedan ser aprovechados para el consumo humano”.
El artículo 34 señala que en caso de infracciones muy graves las sanciones serían multas de 500 a 600 salarios mínimos y cancelación del cargo, mientras las faltas graves contemplan la suspensión del cargo y multas de 300 a 400 salarios mínimos.
Igualmente en el artículo 32 establece sanciones leves que serían multas de 100 a 200 salarios mínimos.