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Ministerio de Interior no tiene ley orgánica

Ministerio de Interior no tiene ley orgánica

El ministro de Interior, Jesús Vásquez, junto José Vila coordinando la reforma a la Policía

El Ministerio de  Interior y Policía  no tiene una ley orgánica  a pesar de que esa  dependencia  cumplirá  178 años de creada,   responsable de coordinar la   seguridad del  Estado,  pero  todavía permanece operando con las facultades que le otorgó la  Constitución del 6 de noviembre de  1844 convirtiéndola   en la  dependencia gubernamental  con el marco legal de más antigüedad.

A  pesar de que esta dependencia del Estado no posee una ley que  regule las labores de sus funcionarios, tiene  asignado  un presupuesto para este 2022 de $26,733,976 millones, según el desglose del Presupuesto General del Estado Nación.

Fue el  artículo 109 de la Constitución  de San Cristóbal que  estableció  que el Estado tenía  cuatro ministerios o secretarías de Estado: Justicia e Instrucción Pública,   Interior y Policía, Hacienda y Comercio,  y  Guerra y Marina.

La misma asamblea que aprobó la Constitución, creó   la Ley 38 de 1844 donde asignó funciones a los cuatro ministerios entre ellas a  Interior  y  Policía,  responsabilizando  esta dependencia a trabajar con la seguridad del Estado, pero  178 años  después sigue operando con este mismo marco legal a pesar de que siempre está presidida por hombres que conocen de leyes y seguridad entre ellos el  actual ministro Jesús Vásquez Martínez,  exsenador por  varios períodos representando la provincia de María Trinidad Sánchez.

También están como viceministros  Jesús Féliz Jiménez, gran abogado de los tribunales; Ángela Jáquez Rodríguez, Juan Manuel Rosario, Fernando Norberto Gómez, Mercedes Pérez Ceballos y Víctor Castro Izquierdo.

Entre los programas que está coordinando  Interior   y Policía, en la actualidad la   reforma policial quienes contrataron al  experto  José Vila del Castillo,  como comisionado ejecutivo para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional, por su amplia trayectoria y experiencia profesional en materia policial en el ámbito internacional.

 Interior y Policía está coordinando los  programas de  seguridad en distintos sectores del país  a pesar de que no posee una normativa interna que le  faculte  a realizar esas actividades.

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Mediante la Ley  número  4378, del 10 de febrero de 1956, de la dictadura de Trujillo, se  describen las funciones que deben ser ejecutadas por todas las  secretarías de Estado entre ellas  Interior y Policía, pero jamás se puede considerar que esta disposición es una ley orgánica.

Desde el año 1965, la Dirección  General de Migración que hoy posee la Ley 285-04,   pasó a ser una dependencia de Interior y Policía, organismos responsables de controlar la entrada  y salida de personas por aeropuertos, puertos y puestos fronterizos.

Desde el año 1956, mediante la Ley 2661, las gobernaciones provinciales  pasaron a ser una dependencia del Ministerio de Interior  y Policía.

También desde el año 1965 el Ministerio de Interior y Policía controla el porte y tenencia de y comercio de las armas de fuego en la República Dominicana.

En el 1965  ponen bajo la dependencia de esta Secretaría la Dirección General de Migración.

De igual manera a pesar de Interior   y Policía carecer de una ley interna es el organismos regulador de la Liga Municipal Dominicana y del Instituto Nacional de la Migración, y de las Gobernaciones provinciales.

Garante de la seguridad

A pesar de que  Ministerio de Interior y Policía carece de un  marco legal moderno  en el año 2022, sigue siendo el  órgano encargado de desarrollar las políticas públicas relacionadas con la seguridad ciudadana, en un marco de respeto a los derechos ciudadanos, el diálogo, la concertación y la participación e inclusión ciudadana. Garantizar una  gestión eficiente de la Policía Nacional y los Cuerpos de los Bomberos

Tomás Vidal Rodríguez

Periodista especializado en investigación de datos