Articulistas Opinión

¿Por qué temer a las reformas?

¿Por qué temer a las reformas?

Rafael Peralta Romero

Por una reforma a la Constitución aplicada el 10 de enero de 1942, las mujeres dominicanas adquirieron definitivamente la condición de ciudadanas.

Hasta esa fecha solo los hombres disfrutaban de los derechos de ciudadanía: “Son ciudadanos todos los dominicanos varones, mayores de dieciocho años y los que hayan sido casados, aunque no hayan cumplido esa edad”.

El texto proclamado en 1942, artículo 9, especificaba que: “Son ciudadanos todos los dominicanos de uno u otro sexo, mayores de 18 años, y los que sean o hubieren sido casados aunque no hayan cumplido esa edad”.

Esa reforma incluyó disposiciones favorables para los trabajadores, tales como salario mínimo, vacaciones, limitación de la jornada de trabajo y otros.

Otra reforma, en enero de 1947, no resultó  menos trascendente. Introdujo cambios sustanciales en el régimen monetario, creación del Banco Central y de la Junta Monetaria, emisión de una moneda dominicana “con grado de validez que igualara o excediera las garantías de cualquiera moneda extranjera”. 

En el ocaso del trujillato, en solo un lustro  (1960-66)   la Carta fue modificada ocho veces, la más alta cifra en una década.  Sólo se le aproxima la de 1871-80 con siete enmiendas.

 Decapitada la tiranía en mayo de 1961, un paso elemental para reiniciar el país en la institucionalidad habría de ser reformar  la Constitución.

Joaquín Balaguer, titular de la Presidencia, propuso una reforma concerniente al Poder Judicial. El Senado  mandó a estudio varias adendas.

 El 29 de diciembre se promulga la nueva Constitución que incluye restituir el nombre de Santo Domingo a la Capital y crear un Consejo de Estado con funciones de Poder Ejecutivo y Poder Legislativo.

En junio de 1962, el Consejo de Estado, compuesto por siete miembros,  propone sustanciales modificaciones y la nueva Carta se promulgó el 16 de septiembre de 1962.

 Esta enmienda dispuso que para ser presidente de la República bastaba con ser dominicano de nacimiento “u” origen y haber cumplido 35 años (no 25, como puso Trujillo).

Gracias a esa reforma, Juan Bosch pudo ser Presidente, pues se  abrogó  el requerimiento de haber vivido en el país los últimos cinco años precedentes a la fecha de elección para ocupar la presidencia.

Esta enmienda resultó totalmente justificada y sus cambios eran  indispensables para el ordenamiento jurídico de la República Dominicana.

En 1963 se establece el primer Gobierno elegido por el  pueblo después de la dictadura.