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Principio democrático

Principio democrático

Las dificultades de representación democrática de intereses minoritarios

La representación política se justifica como respuesta en términos de poder, a un cambio de la estructura social, una evolución de las ideas y una transformación de la organización interior del poder en el Estado. Las asambleas de representantes, hasta entonces fuera o al margen del poder político se convierten en centros de poder efectivos. Dejan de ser la expresión de los intereses, para transformarse en órganos del gobierno.

La justificación política de la representación supone que la diversidad de intereses dentro de la comunidad pueda alcanzar mediante la deliberación y la crítica, un grado de coordinación que los haga compatibles, sino, idénticos con el interés público. De ahí que la unidad estatal tenga que ser recreada constantemente en el proceso político cuyos ingredientes son los dirigentes, los partidos políticos, las elecciones y la acción gubernamental. Esa unidad política consiste en la reducción de las diferencias para hacer posible un orden de vida y el cambio dentro del orden.

La Representación Política aparece, enunciada por primera vez en la Constitución francesa de 1791, como consecuencia del principio consagrado en el Art. 3° de la declaración de Derechos de 1789 de que “toda soberanía reside esencialmente en la Nación”. Genéticamente, la representación política proviene de la jurídica. A partir de entonces se origina la sistematización jurídica de la representación política, pero ya en el ámbito del derecho público.

Pero la cuestión de cómo hallar una representación apropiada de los intereses minoritarios no es fácil de resolver, dando ocasión al surgimiento de problemas teóricos diversos debido a que, a falta de unanimidad, necesariamente existirán vencedores y vencidos en las elecciones democráticas.

En semejante encrucijada, las sociedades modernas tienden a restringir el poder del grupo ganancioso, para que pueda existir equilibrio en la toma de decisiones, pero uno de los primeros problemas es el de definir quienes son “la minoría”, pues en realidad en una democracia existirán siempre varias “minorías” o “grupos minoritarios”. No todas ellas pueden resultar protegidas, dado que por definición, la democracia implica en sí misma que alguien ganará y otro perderá, como se dijo.

En la actualidad la República Dominicana, resuelve ese dilema mediante la llamada “representación proporcional”, un principio en virtud del cual en cada provincia, municipio o circunscripción electoral, según sea el caso, los partidos políticos o agrupaciones políticas independientes, representarán sus candidatos a senador, diputados, síndicos, suplentes de síndicos, regidores y suplentes de regidores a través de boletas conjuntas para cada nivel de elección.

Desde el punto de vista formal, en la práctica esta representación no refleja la voluntad popular, porque una vez el elector ejercer el sufragio, pierde toda autoridad frente al elegido, quien a partir de ese momento actúa a su libre albedrío, sin ningún control de los electores. Aunque la mayoría de las decisiones del proceso político serían tomadas por gobernantes electos.

Por: Martha Jáquez
marthajaquez@hotmail.com

El Nacional

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