Santo Domingo.-El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló la asamblea del comité central del Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC), realizada el pasado 8 de octubre del 2023 porque se violaron normas constitucionales.
El tribunal en su decisión dijo en cuanto al fondo que acoge la demanda y en consecuencia anula en todas sus partes y las consecuencias jurídicas de la decimoctava (XVIII) reunión ordinaria del comité central del Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC).
La Alta Corte fue apoderada de la demanda en impugnación y nulidad de asambleas o convenciones, incoada el 31 de octubre del 2023 por el señor Leonardo Antonio Suero Ramos, contra el Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC) y el señor Luis Fernando Acosta Moreta.
La decisión fue adoptada con el voto unánime de los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, jueces titulares.
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El Tribunal, al adoptar la decisión, rechazó el medio de inadmisión planteado por la UDC sobre el no agotamiento de la vía partidaria interna, por no verificarse la existencia de un procedimiento interno a los fines de atacar las decisiones del comité central, establecido en los estatutos del partido y por tratarse de la máxima autoridad de dicha organización.
El medio de inadmisión relativo a la falta de interés planteado por la parte impugnada, fue rechazado en razón de que los miembros de una organización política no están obligados a demostrar un agravio personal a los fines de fiscalizar las actuaciones de su organización.
Las conclusiones atinentes a la exclusión del señor Luis Fernando Acosta Moreta, fueron declaradas irrecibibles por haber sido planteadas luego de cerrados los debates, lo cual vulnera el principio de inmutabilidad del proceso y el derecho de defensa de la contraparte.
Las costas del proceso fueron declaradas de oficio por tratarse de un asunto electoral. El Tribunal dispuso que la sentencia sea notificada a las partes, vía secretaría y publicada en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral, para los fines correspondientes.