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¿Voto obligatorio?

¿Voto obligatorio?

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Comprendemos que el miedo a la abstención electoral no se trata solo de una cuestión estadística, sino de amenazas y afectaciones estructurales al sistema. Para superar ese miedo, basta con que se atiendan las causas que llevan a un alto porcentaje a no votar en los comicios. Son las prácticas prostituidas, corruptas de la política.

Algún constitucionalista diría que para regular por medio de una ley orgánica los derechos fundamentales ya existen los artículos 74 y 112 de la Norma Suprema. Pero la obligatoriedad no es simplemente una regulación. Es una revisión constitucional secreta y contraria al procedimiento establecido para esos fines.

En la actualidad, el sistema jurídico que tenemos, especialmente en lo constitucional, configura el voto como una voluntad soberana del elector. Vota o no vota según desee, libre y por el candidato de su preferencia, sin ninguna consecuencia legal para él.

Incluso, existe un proyecto de ley, del 29/05/2024, que cursa en la Cámara de Diputados, sobre la obligatoriedad del voto.

 Por tanto, el asunto va en serio. Se impone que el ciudadano consciente y activo, negador del grupo social de los tibios y preservados, participe en el debate. Todos seríamos afectados.

Sabemos que el voto está configurado en nuestra Constitución como un derecho y como un deber, no es una obligación, conforme a los artículos 22.1, 75.2 y 208. Y es personal, libre, directo y secreto.

Además, es cierto que la abstención electoral perjudica la democracia partidaria. Pero también es una denuncia, alta y clara, sobre los males que sufren los electores y toda la sociedad.

¿Por qué mejor no planteamos políticas públicas eficaces para que el ciudadano vote voluntariamente y con alegría, como debe ser en una fiesta democrática?

El artículo 208 de la Constitución prohíbe toda intención de imponer una obligatoriedad al ciudadano, respecto al ejercicio de su derecho al voto. Cuidado con eso.

Recordemos que los derechos y los deberes se ejercen o no, libremente. No se puede obligar a nadie a ejercerlos. No son obligaciones. Su cumplimiento se queda en el ámbito ético y moral del sujeto.

 Nada más. Si el Estado o sus representantes quieren imponer legalmente el cumplimiento de un deber, tienen que convertirlo en obligación normativa. Está en juego el principio de seguridad jurídica.

Además, si el constituyente hubiese querido hacer obligatorio el voto lo habría hecho. O habría dejado una reserva de ley orgánica para que se hiciera.

Ciertamente, al establecer su obligatoriedad por esa ley no se está regulando el voto, sino modificando la Constitución. Dice: “…Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio”. Ver el artículo 208 de la Constitución.