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Abinader autoriza importación armas fuego

Abinader autoriza importación armas fuego

Foto por: Jorge González

El presidente Luis Abinader autorizó mediante el decreto 30-23, por un período de seis meses,  la importación de armas de fuego y municiones  a las empresas debidamente registradas y autorizadas.

 Las importaciones de armas por parte de las empresas de seguridad habían estado suspendidas por 17 años.

El artículo 1 del referido decreto establece que “a partir de la publicación del presente decreto, las empresas debidamente registradas y autorizadas como empresas importadoras de armas, sus partes, accesorios y municiones, durante un período de seis  meses, podrán importar armas de fuego de uso civil y sus respectivas municiones y partes para el uso exclusivo de las empresas de seguridad privada”.

Este artículo  contiene un párrafo que establece que “las gestiones para la tramitación de las licencias de importación de armas de fuego deberán ser realizadas por las empresas correspondientes de conformidad con el procedimiento y los requisitos establecidos en el artículo 33 de la Ley núm. 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados”.

En el artículo 4, se establece claramente que  “al  vencimiento del plazo de seis (6) meses descrito en el artículo 1, quedará prohibida la importación de armas de fuego”.

Adesinc

La Asociación Dominicana de Empresas de Seguridad Privada (Adesinc) saludó  el decreto 30-23 emitido ayer martes por el presidente Abinader.

El presidente de la entidadl, Adi Grimberg, destacó que “ha sido un arduo trabajo el que Adesinc realizó conjuntamente con las autoridades para identificar las problemáticas de ese sector” y enfatizó que la fase más importante de la seguridad es la prevención.

Manifestó que las compañías que brindan los servicios de protección privada se afianzaron como auxiliares de las autoridades en el fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

El presidente de Adesinc reiteró el agradecimiento de la entidad a las autoridades que la búsqueda de la solución a la problemática que por más de 17 años se había generado en el sector el impedimento para importar armas y municiones.

Seis meses

En el artículo 4, del decreto emitido por el presidente Abinader se establece claramente que  “al  vencimiento del plazo de seis meses descrito en el artículo 1, quedará prohibida la importación de armas de fuego, partes y sus respectivas municiones para el comercio con particulares, hasta que el Poder Ejecutivo disponga lo contrario de conformidad con la ley.