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Afirma Ley extinción castigará a corruptos

Afirma Ley extinción castigará a corruptos

directiva de Participación Ciudadana

Santo Domingo.- Para que los implicados en hechos delictivos  no se burlen de la sociedad exhibiendo los bienes mal habidos como un premio a su conducta delictiva, Participación Ciudadana saludó la aprobación del proyecto de ley de extinción de dominio y entinde que la normativa, permirirá se castigue corruptos.

La entidad de la sociedad civil  expresó que esa  normativa creará un instrumento que permitirá  perseguir, de forma autónoma, los bienes obtenidos de manera ilícita; sin la  necesidad de esperar una sentencia en materia  penal.

Por eso  “en estos momentos que se están produciendo avances en el combate a la corrupción y la impunidad, debemos reclamar a nuestros líderes congresuales y a la dirigencia de los partidos políticos dar un ejemplo de concertación y compromiso, aprobando esta ley con la mayoría requerida para las leyes orgánicas”, concluyeron los  miembros de Participación Ciudadana.

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Participación Ciudadana entiende que esta ley constituye un paso de avance y nadie puede oponerse a la aprobación de una ley de extinción de dominio, porque es un mandato constitucional. El artículo 51.6 de la Constitución, reza: “La ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico.” 

El artículo 51.5: del proyecto  dice  “solo podrán ser objeto de confiscación o decomiso, mediante sentencia definitiva, los bienes de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan su origen en actos ilícitos cometidos contra el patrimonio público, así como los utilizados o provenientes de actividades de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o relativas a la delincuencia transnacional organizada y de toda infracción prevista en las leyes penales.” 

“El proyecto reduce el tipo de hecho ilícito que puede dar lugar a la extinción de dominio, y todos son hechos ilícitos ya existentes y que pueden calificarse de mayores, como tráfico de drogas, de seres humanos, de órganos, secuestro, sicariato, soborno, terrorismo, pornografía infantil, robo agravado, falsedad, delito tributario, etc.”, indicaron.  

El Consejo Nacional de Participación Ciudadana  dijo que apoya que la jurisdicción que conozca los casos sometidos a esta ley sea la de las cortes de apelación, ya que no hay necesidad de crear una jurisdicción separada. Las cámaras penales de las cortes de apelación de los distintos departamentos judiciales serían competentes para conocer y decidir en primer grado del juicio de extinción de dominio. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia será el competente para conocer los recursos de casación que se interpongan de conformidad con lo previsto en la ley. 

Tomás Vidal Rodríguez

Periodista especializado en investigación de datos